Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 23

Fecha del Boletín 
28-01-2015

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150128-116

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 21

116
Ejecución 300 de 2014-M

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Angustias Caro Vida, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 21 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 300 de 2014-M de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña María José Alcón Cuesta, frente al Fondo de Garantía Salarial, “IKAI”, “Konik Nanobiotech, Sociedad Limitada”, y “Konixbert Hi Tech, Sociedad Anónima”, sobre ejecución forzosa, se ha dictado en fecha 18 de diciembre de 2014 auto, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Fallo

Extinguir la relación laboral que unía a las partes con efectos del día de la fecha, y condenar solidariamente a “Konixbert Hi Tech, Sociedad Anónima”, “Konik Nanobiotech, Sociedad Limitada”, e “Institut D’Analitica Industrial, Sociedad Limitada” (“IKAI”), a abonar a la actora las siguientes cantidades:

Indemnización: 44.719,99 euros.

Salarios de tramitación: 49.126,75 euros.

Notifíquese la presente resolución a las partes en legal forma, y adviértase que frente a la misma cabe interponer recurso de reposición en el plazo de tres días ante este Juzgado y, para ello, todo aquel que no sea un organismo público ni tenga la condición de trabajador o causahabiente suyo o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social, debe consignar como depósito 25 euros en la cuenta de este Juzgado abierta en el “Banco Santander” con el número 2519, clave 64, haciendo constar en el ingreso el número de expediente.

Así lo acuerda, manda y firma la ilustrísima señora doña Elena Burgos Herrera, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 21 de Madrid.

Se advierte a las destinatarias de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “IKAI”, “Konik Nanobiotech, Sociedad Limitada”, y “Konixbert Hi Tech, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el tablón de anuncios del Juzgado.

En Madrid, a 23 de diciembre de 2014.—La secretaria judicial (firmado).

(03/654/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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