Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 22

Fecha del Boletín 
27-01-2015

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150127-25

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ALCALÁ DE HENARES

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

25
Encomienda de gestión

Por medio de la presente, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 15.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se hace público que mediante acuerdo adoptado por la Junta de Gobierno Local de este Ayuntamiento, en sesión celebrada el pasado 12 de enero de 2015, se aprueba la encomienda de gestión a favor del Organismo Autónomo Ciudad Deportiva Municipal, para la realización de cinco acciones formativas adscritas a la Orden 13549/2014, que regula las subvenciones del programa de inserción laboral, por importe de 277.200,00 euros.

Todo ello según el desglose de actividades que a continuación se detalla y con sujeción a los medios de control que se indican a continuación:



— Se deberá dar cuenta inmediata a la Junta de Gobierno Local y a esta Intervención de cuantos acuerdos se adopten en el seno del Organismo Autónomo sobre la gestión y forma de ejecución de las citadas acciones formativas.

— Se deberá dar cuenta inmediata a la Junta de Gobierno Local y a esta Intervención de los posibles supuestos de subcontratación de dichas acciones formativas, y más teniendo en cuenta que dichos gastos serán posteriormente utilizados en la justificación de la subvención concedida por la Comunidad de Madrid.

— El Organismo Autónomo deberá facturar mensualmente cada una de las acciones formativas realizadas al Ayuntamiento de Alcalá, a medida que se ejecutan las mismas, en función del número de horas impartidas en el correspondiente mes y en todo caso a su finalización. La factura deberá ser conformada por personal técnico que acredite mediante informe tanto la realidad de las acciones formativas, como el número de alumnos existentes a cada fecha.

— Se deberá presentar a la Junta de Gobierno una memoria anual final de las acciones formativas realizadas, donde se indique para cada una de ellas su fecha de comienzo y de finalización, relación individualizada de alumnos con las posibles incidencias en el caso de que alguno no los complete, así como en su caso los informes técnicos de seguimiento del curso.

— Se deberán tramitar por la Concejalía los expedientes de gasto, para el reconocimiento de la obligación y ordenación del pago con cargo a dicha encomienda de gestión.

— Se deberá presentar cuanta documentación pueda ser solicitada por los órganos de fiscalización y control internos y externos.

En Alcalá de Henares, a 13 de enero de 2015.—El secretario general de la Administración Municipal, Ángel de la Casa Monge.

(03/969/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150127-25