Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 21

Fecha del Boletín 
26-01-2015

Sección 3.10.20B: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150126-44

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE BOADILLA DEL MONTE

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

44
Modificación ordenanza licencias urbanísticas de obra

El Pleno de este Ayuntamiento, en su sesión extraordinaria celebrada el 23 de diciembre de 2014, acordó la aprobación inicial de la segunda modificación del texto de la ordenanza municipal de tramitación de licencias urbanísticas de obra y apertura de establecimientos para el ejercicio de actividades económicas, aprobada definitivamente por acuerdo plenario del 6 de marzo de 2013.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, se somete la misma a un nuevo trámite de información pública y audiencia a los interesados por plazo de treinta días hábiles, contado a partir del día siguiente a la publicación del presente anuncio.

Lo que se hace público para general conocimiento, encontrándose de manifiesto el expediente en los Servicios Técnicos Municipales, calle José Antonio, número 42, cuarta planta, en Boadilla del Monte, para que pueda ser examinado por cualquier persona interesada, en las mañanas de los días hábiles, durante el periodo establecido al efecto, y formular por escrito cuantas reclamaciones y sugerencias estimen pertinentes a sus derechos, que habrán de presentar en el Registro Auxiliar de Urbanismo (calle José Antonio, número 42, cuarta planta) o, en su caso, en el Registro General de la Corporación (actualmente ubicado en la plaza de la Villa, número 1).

En el caso de no presentarse ninguna reclamación o sugerencia, se entenderá definitivamente adoptado el acuerdo hasta entonces provisional.

En Boadilla del Monte, a 21 de enero de 2015.—El concejal de Urbanismo, Infraestructuras y Asuntos Jurídicos, Miguel Ángel Ruiz López.

(03/1.760/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20B: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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