Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 21

Fecha del Boletín 
26-01-2015

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150126-157

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE VALENCIA NÚMERO 11

157
Expediente 1.032 de 2013

EDICTO

Doña María José Llorens López, secretaria del Juzgado de lo social número 11 de Valencia.

Hago saber: Que en este Juzgado se sigue expediente número 1.032 de 2013 a instancias de doña Lucía Vicenta Ten Latorre, contra “Aula Club del Opositor, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, en el que el día 1 de diciembre de 2014 se ha dictado sentencia, cuya parte dispositiva dice:

Fallo

Que estimando la demanda interpuesta por doña Lucía Vicente Ten Latorre, frente a la empresa “Aula Club del Opositor, Sociedad Limitada”, debo condenar y condeno a la demandada a que pague a la demandante la cantidad de 1.687,42 euros.

Salarial: 1.616,52 euros.

No salarial: 70,90 euros.

Más el 10 por 100 de intereses por mora de los conceptos salariales.

Sin perjuicio de la responsabilidad legal subsidiaria del Fondo de Garantía Salarial en caso de insolvencia de la empresa.

La presente resolución es firme y contra la misma no cabe recurso alguno; llévese a los autos copia testimoniada de la presente resolución que se unirá al libro de sentencias.

Así por esta mi sentencia, cuyo original se llevará al libro de sentencias y de la que se llevará copia testimoniada a los autos, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que conste y sirva de notificación a “Aula Club del Opositor, Sociedad Limitada”, que se encuentra en ignorado paradero, así como para su inserción en el tablón de anuncios y publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, haciéndole saber a la misma que las restantes notificaciones que hayan de efectuársele se le harán en estrados en la forma legalmente establecida, expido el presente en Valencia, a 1 de diciembre de 2014.—La secretaria (firmado).

(03/592/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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