Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 20

Fecha del Boletín 
24-01-2015

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150124-44

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 19

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Ejecución 38 de 2014

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Nieves Prieto Berrocal, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 19 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 38 de 2014 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Ana María Mata Ayala, frente a don José María Pallarés Oliva y “Multihenares, Sociedad Cooperativa”, sobre ejecución forzosa, se ha dictado la siguiente resolución:

Por recibida la anterior certificación del Registro de la Propiedad de San Fernando de Henares (respecto de la ejecutada, don José María Pallarés Oliva), únase a los autos de su razón y, a la vista de la información contenida en la misma, y constando únicamente embargada y anotada la finca número 22.766 del Registro de la Propiedad de San Fernando de Henares, que se encuentra afecta con cargas anteriores, procédase a dictar insolvencia y, antes de ello, conforme lo previsto en el artículo 276.1 de la Ley 36/2011, dese audiencia a las partes y al Fondo de Garantía Salarial para que en el término de quince días insten lo que a su derecho convenga en orden a la continuación de la ejecutoria, designando en tal caso bienes concretos del deudor sobre los que despachar ejecución. Haciéndole saber que si no hace manifestación alguna se pondrá el correspondiente decreto de insolvencia.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición ante este Juzgado; no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículo 186.1 de la Ley de la Jurisdicción Social).

A los efectos de las presentes actuaciones, y para el pago de 676,72 euros de principal, se declara la insolvencia provisional de la ejecutada, sin perjuicio de que pudieran encontrársele nuevos bienes que permitieran hacer efectiva la deuda aún pendiente de pago.

Hágase entrega, previa petición, de certificación a la parte ejecutante a fin de iniciar el correspondiente expediente ante el Fondo de Garantía Salarial. Con el objeto de acelerar la tramitación, la parte puede aportar copias de la documentación cuyo testimonio interese.

Una vez firme la presente resolución, archívense las presentes actuaciones.

Modo de impugnación: contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión, en el plazo de tres días desde su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros; dicho depósito habrá de realizarse mediante el ingreso de su importe en la cuenta de depósitos y consignaciones de este Juzgado en la entidad “Banco Santander” número 2517-0000-64-0038-14.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Multihenares, Sociedad Cooperativa”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 15 de diciembre de 2014.—La secretaria judicial (firmado).

(03/478/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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