Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 13

Fecha del Boletín 
16-01-2015

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150116-88

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 14

88
Procedimiento 705 de 2013

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Ángeles Charriel Ardebol, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 14 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 705 de 2013 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don José Francisco Ylma Campana, frente a “Base Imagen y Servicios Globales, Sociedad Limitada”, sobre despidos/ceses en general, se ha dictado la siguiente resolución:

Sentencia número 510 de 2014

En Madrid, a 18 de diciembre de 2013.—Vistos por mí, don Antonio Cervera Peláez-Campomanes, magistrado-juez del Juzgado de lo social número 14 de Madrid, los presentes autos del orden social de la jurisdicción en materia de despido y reclamación de cantidad, entre las siguientes partes: como demandante, don José Francisco Ylma Campana, asistido por el letrado don José Miguel Moreno Ochoa, y como demandada, “Base Imagen y Servicios Globales, Sociedad Limitada”, no comparecida, se procede a dictar sentencia sobre la base de lo siguiente:

Fallo

Que estimando parcialmente la demanda interpuesta por don José Francisco Ylma Campana, contra “Base Imagen y Servicios Globales, Sociedad Limitada”:

1. Declaro la improcedencia de la extinción del contrato de trabajo del demandante producida el día 17 de abril de 2013.

2. Condeno a “Base Imagen y Servicios Globales, Sociedad Limitada”, a optar en un plazo de cinco días entre la readmisión del demandante o el pago al mismo de una indemnización de 408,10 euros.

3. Condeno a “Base Imagen y Servicios Globales, Sociedad Limitada”, para el caso de que la misma opte por la readmisión, a abonar al actor los salarios dejados de percibir desde la fecha de la extinción antes indicada hasta la notificación de la presente resolución a la empresa demandada, a razón de un importe diario de 21,20 euros.

4. Condeno a “Base Imagen y Servicios Globales, Sociedad Limitada”, a abonar al actor la suma de 2.288,07 euros, más sus intereses contados con arreglo a un tipo anual del 10 por 100.

Notifíquese la presente sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra la misma pueden interponer recurso de suplicación ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Madrid, el cual, en su caso, deberá ser anunciado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de la sentencia, bastando para ello la mera manifestación en tal sentido de la parte o de su abogado, graduado social o de su representante en el momento de hacerle la notificación, o por medio de escrito o comparecencia. En el caso de que la recurrente fuera la empresa demandada, deberá acreditar al tiempo de anunciar el recurso haber ingresado en la cuenta corriente de este Juzgado en la entidad bancaria “Banco Santander”, número de cuenta 2512/65/0000/0705/13, la cantidad total objeto de condena, pudiendo sustituirse la consignación en metálico por el aseguramiento mediante aval bancario, de duración indefinida y pagadero a primer requerimiento, en el que deberá hacerse constar la responsabilidad solidaria del avalista. De igual modo, todo el que sin tener la condición de trabajador o causahabiente suyo o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social intente interponer recurso de suplicación, deberá acreditar, al tiempo de anunciar el recurso, haber consignado en la indicada cuenta como depósito la cantidad de 300 euros.

Asimismo, el recurrente deberá abonar las tasas a las que venga obligado en virtud de lo dispuesto por en la Ley 10/2012, de 20 de noviembre.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Base Imagen y Servicios Globales, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el tablón de anuncios de este Juzgado.

En Madrid, a 4 de diciembre de 2014.—La secretaria judicial (firmado).

(03/38.817/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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