Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 10

Fecha del Boletín 
13-01-2015

Sección 3.10.20B: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150113-27

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE BRUNETE

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

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Delegación atribuciones

Resultando que, siendo importante el volumen de trabajo que conlleva la gestión municipal, y con el objeto de dotar de una mayor celeridad y eficacia a la actuación municipal y de agilizar en la medida de lo posible la realización de algunos de los actos administrativos más habituales de este Ayuntamiento que se pueden ver afectados por la atención diaria de esta Alcaldía a los más diversos asuntos que le competen por razón del cargo.

Esta Alcaldía, en uso de las facultades que le confieren los artículos 21.3 y 23.4 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y demás legislación concordante, considera necesario proceder al establecimiento de un régimen de delegaciones de competencias.

Por todo ello, esta Alcaldía, de conformidad con el artículo 21.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y artículos 43 y siguientes del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, resuelve:

Primero.—Dejar sin efecto el decreto de 3 de noviembre de 2014 en materia de delegación de competencias en la Junta de Gobierno Local en materia de gestión económica, de acuerdo con el presupuesto aprobado, en los siguientes aspectos:

— Aprobación de pagos a justificar.

— Aprobación de contratos menores, hasta la cantidad de 6.000,00 euros.

— Aprobación, disposición, reconocimiento de la obligación y ordenación del pago hasta la cantidad de 6.000,00 euros.

Segundo.—Delegar en cada uno de los concejales, por razón de su área:

— Aprobación de pagos a justificar.

— Aprobación de contratos menores, hasta la cantidad de 6.000,00 euros.

— Aprobación, disposición, reconocimiento de la obligación y ordenación del pago hasta la cantidad de 6.000,00 euros.

Tercero.—Comunicar el contenido del presente decreto a la Junta de Gobierno Local en la primera sesión que celebre, a los efectos de su aceptación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 114.1 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre.

Cuarto.—La presente resolución surtirá efectos desde el momento de su aprobación, sin perjuicio de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y su notificación a los afectados.

Quinto.—Publicar el contenido del presente decreto en el tablón de edictos de la Corporación y BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 44.2 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre.

Sexto.— Dar cuenta del presente decreto al Ayuntamiento Pleno en la primera sesión que celebre, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 38 y 44.4 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre.

Brunete, a 15 de diciembre de 2014.—Ante mí: la secretaria, Lorena Crespo Iglesias.—El alcalde, Borja Gutiérrez Iglesias.

(03/39.242/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20B: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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