Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 1

Fecha del Boletín 
02-01-2015

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150102-97

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE ALCORCÓN NÚMERO 2

97
Juicio de faltas 268 de 2013

EDICTO

Doña María de las Mercedes Martín López, secretaria del Juzgado de instrucción número 2 de Alcorcón.

Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 268 de 2013 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:

En Alcorcón, a 24 de octubre de 2013.—El ilustrísimo señor don Juan Ramón Rodríguez Llamosí, magistrado-juez del Juzgado de primera instancia e instrucción número 2 de Alcorcón, ha visto los presentes autos de juicio de faltas número 268 de 2013, sobre la presente falta de lesiones causadas por falta de custodia de animales feroces o dañinos y amenazas, con intervención del ministerio fiscal; como implicados: doña María José Béjar Cejas, don Eugenio Cano Prieto y doña María Paloma Herreros Torres, como denunciantes, y don Carlos Manuel González López, como denunciado, recayendo la presente resolución en base a lo siguiente:

Que debo absolver y absuelvo a don Carlos Manuel González López de la falta de lesiones causadas por falta de custodia de animales feroces o dañinos a que se contraen estas actuaciones, declarando las costas procesales de oficio. Y debo condenar y condeno a don Carlos Manuel González López, como autor responsable de tres faltas de amenazas, a la pena para cada una de ellas de multa de veinte días, con una cuota diaria de 5 euros, quedando sujeto en caso de impago a una responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias no satisfechas, y al pago de las costas procesales causadas.

Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de apelación dentro de los cinco días siguientes a su notificación.

El escrito de formalización del recurso de apelación habrá de presentarse dentro de los cinco días siguientes a su notificación, ante el órgano que dictó la resolución que se impugne, y se expondrá ordenadamente las alegaciones sobre quebrantamiento de las normas y garantías procesales.

Asimismo, se pone en conocimiento de don Carlos Manuel González López que en el caso de no interponer recurso contra la sentencia, deberá proceder en el plazo de diez días al ingreso de la cantidad requerida en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado.

Y para que conste y sirva de notificación de sentencia y requerimiento a don Carlos Manuel González López, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente en Alcorcón, a 25 de noviembre de 2014.—La secretaria (firmado).

(03/37.411/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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