Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 300

Fecha del Boletín 
17-12-2014

Sección 4.50.1.4: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20141217-112

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

112
Procedimiento 462 de 2014

SALA DE LO SOCIAL

Sección Cuarta

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Encarnación Egido Trillo-Figueroa, secretaria judicial del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (Sección Sexta de la Sala de lo social).

Hago saber: Que en el procedimiento número 462 de 2014 de esta Sección de lo social, seguido a instancias de don Jesús Andrés de Paz, frente a “Poliseda, Sociedad Limitada”, y otros, se ha dictado la siguiente resolución:

Diligencia de ordenación de la secretaria judicial, doña Encarnación Egido Trillo-Figueroa.—En Madrid, a 17 de noviembre de 2014.

La letrada doña Pilar Vargas Mendieta, en nombre y representación de don Jesús Andrés de Paz, ha presentado escrito de interposición de recurso de casación para la unificación de doctrina en tiempo y forma.

Acuerdo: Tener por interpuesto en tiempo y forma el recurso de casación para la unificación de doctrina y emplazar a las demás partes para su personación por escrito mediante letrado, ante la Sala Cuarta de lo social del Tribunal Supremo, dentro del plazo de los diez días siguientes contados a partir de la notificación de la presente resolución, entendiéndose personada de derecho a la parte recurrente con la remisión de los presentes autos.

Advertir a las partes que deberán acreditar su representación, de no constar previamente en las actuaciones, y designar un domicilio en la sede de la Sala de lo social del Tribunal Supremo a efectos de notificaciones con todos los datos necesarios para su práctica con los efectos del apartado 2 del artículo 53 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.

Notifíquese a las partes.

Modo de impugnación: contra la presente resolución cabe interponer recurso de reposición, ante la secretaria judicial, no obstante lo cual se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de cinco días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículos 186 y 187 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social).

Lo acuerdo y firmo.—Doy fe.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de esta Sección, salvo las que revistan la forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Vitalia Vida, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, 17 de noviembre de 2014.—La secretaria judicial (firmado).

(03/36.186/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.50.1.4: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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