Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 281

Fecha del Boletín 
26-11-2014

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20141126-183

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 29

183
Procedimiento ordinario 1.158 de 2013

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Elena Mónica de Celada Pérez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 29 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 1.158 de 2013 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Darwin David Chamba Tapia, frente a don Manuel Wenceslao Gordillo, “Eneo Gestión Integral, Sociedad Anónima”, y Fondo de Garantía Salarial, sobre procedimiento ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:

Fallo

Que estimando en su pretensión principal la demanda promovida por don Darwin David Chamba Tapia, frente a “Eneo Gestión Integral, Sociedad Anónima”, siendo citado como parte el Fondo de Garantía Salarial, condeno a la empresa demandada a abonarle la suma de 1.212,25 euros, más el interés legal por mora en el pago de la indemnización desde la fecha de presentación de la papeleta de conciliación.

Se advierte a las partes de que esta sentencia es firme y contra ella no cabe interponer recurso alguno.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Eneo Gestión Integral, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 22 de octubre de 2014.—La secretaria judicial (firmado).

(03/33.535/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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