Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 274

Fecha del Boletín 
18-11-2014

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20141118-134

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 9

134
Procedimiento ordinario 1.029 de 2013

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Don Rafael Lozano Terrazas, secretario judicial del Juzgado de lo social número 9 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 1.029 de 2013 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Alfonso Pérez Márquez, frente a “Allianz, Compañía de Seguros y Reaseguros, Sociedad Anónima”, “Coregados Peña Codeso, Sociedad Limitada”, “Destella Portugal Unipessoal, Ltda.”, “Estrella, Sociedad Anónima de Seguros y Reaseguros”, don José Ángel Basurto Herrero y “Oca Construcciones y Proyectos, Sociedad Anónima”, sobre procedimiento ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:

Diligencia.—En Madrid, a 28 de octubre de 2014.

Lo extiendo yo, el secretario judicial, para hacer constar que en el día de hoy se presenta escrito por “Allianz, Compañía de Seguros y Reaseguros, Sociedad Anónima”, parte demandada en los autos anteriormente referenciados, solicitando la suspensión de la comparecencia señalada para el día 20 de noviembre de 2014.—Doy fe.

Diligencia de ordenación del secretario judicial, don Rafael Lozano Terrazas.—En Madrid, a 28 de octubre de 2014.

Estimándose justificado el motivo alegado por la parte demandada para solicitar la suspensión de los actos de conciliación y juicio que están señalados para el día 20 de noviembre de 2014, a las nueve horas, se acuerda la suspensión de los mismos.

Se señala nuevamente para dichos actos la audiencia del día 18 de diciembre de 2014, a las diez y diez horas.

Cítese a las partes y demás personas convocadas en la forma legal, reiterando las advertencias efectuadas para el anterior señalamiento.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, no obstante lo cual se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículo 186.1 de la Ley de la Jurisdicción Social).

Así lo acuerdo y firmo.—Doy fe.

Diligencia.—Seguidamente se cumple lo acordado y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.—Doy fe.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Destella Portugal Unipessoal, Ltda.”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 28 de octubre de 2014.—El secretario judicial (firmado).

(03/33.784/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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