Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 264

Fecha del Boletín 
06-11-2014

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20141106-52

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE ALCOBENDAS NÚMERO 5

52
Juicio verbal 1.481 de 2010

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento de juicio verbal número 1.481 de 2010 se ha dictado resolución del tenor literal siguiente:

Sentencia número 309 de 2013

En Alcobendas, a 10 de diciembre de 2013.—Vistos por doña Lidia Octavio Espíndola, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 5 de Alcobendas, los autos de juicio verbal registrados con el número 1.481 de 2010, promovidos por “Mapfre Familiar” y don Arturo Magán Revuelta, frente a “Talleres Tec-Campa, Sociedad Anónima”, sobre reclamación de cantidad.

Fallo

Estimo la demanda presentada por “Mapfre Familiar” y don Arturo Magán Revuelta, frente a “Talleres Tec-Campa, Sociedad Anónima”, condenando a la demandada al pago a la compañía de seguros “Mapfre Familiar” la cantidad de 4.070 euros y a don Arturo Magán Revuelta la cantidad de 1.085,74 euros, más el interés legal incrementado en dos puntos desde el dictado de la presente resolución, todo ello con imposición de las costas causadas en este procedimiento.

Notifíquese esta resolución a las partes.

Esta resolución no es firme y frente a ella cabe la interposición en el plazo de veinte días recurso de apelación ante este Juzgado del que conocerá, en su caso, la Audiencia Provincial de Madrid.

Así por esta sentencia, juzgando definitivamente en esta instancia, lo acuerda, manda y firma doña Lidia Octavio Espíndola, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 5 de Alcobendas.

Publicación

La anterior sentencia ha sido leída y publicada por la magistrada-juez que la suscribe en audiencia pública y en el día de su fecha.—Doy fe.

Y como consecuencia del ignorado paradero de “Talleres Tec-Campa, Sociedad Anónima”, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.

En Alcobendas, a 20 de junio de 2014.—El secretario (firmado).

(02/5.048/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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