Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 263

Fecha del Boletín 
05-11-2014

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20141105-202

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE CÓRDOBA NÚMERO 3

202
Procedimiento ordinario 567 de 2014

EDICTO

Don Manuel Miguel García Suárez, secretario judicial accidental del Juzgado de lo social número 3 de Córdoba.

Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 567 de 2014, a instancias de la parte actora doña Pilar Fuentes Rider, doña Antonia Bellido Muñoz y doña Josefa Pérez Manosalvas, contra Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo, Servicio Andaluz de Empleo y “Esabe Limpiezas Integrales, Sociedad Anónima”, sobre social ordinario, se ha dictado resolución de fecha 20 de octubre de 2014 del tenor literal siguiente:

Diligencia de ordenación del secretario judicial accidental, don Manuel Miguel García Suárez.—En Córdoba, a 20 de octubre de 2014.

Siendo en todo caso negativa la citación de la empresa demandada “Esabe Limpiezas Integrales, Sociedad Anónima”, se acuerda citar para la celebración del acto del juicio oral señalado para el día 27 de noviembre de 2014, a las nueve y cuarenta horas, a la referida empresa a través del BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, con la prevención de que las demás resoluciones que recaigan en las actuaciones le serán notificadas en los estrados del Juzgado, salvo las que deban revestir la forma de autos o sentencias o se trate de emplazamientos y todas aquellas otras para las que la Ley expresamente dispongan otra cosa.

Asimismo, cítese como parte al Fondo de Garantía Salarial, dándole traslado de la demanda a los efectos previstos en el artículo 23.2 de la Ley de la Jurisdicción Social.

Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución en el plazo de cinco días hábiles contados desde el siguientes de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso, y sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.

Y para que sirva de notificación a la demandada “Esabe Limpiezas Integrales, Sociedad Anónima”, actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia o se trate de emplazamientos.

En Córdoba, a 20 de octubre de 2014.—El secretario judicial (firmado).

(03/32.441/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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