Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 262

Fecha del Boletín 
04-11-2014

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20141104-294

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÁLAGA NÚMERO 7

294
Procedimiento ordinario 564 de 2013

EDICTO

Don Juan Carlos Ruiz Zamora, secretario judicial del Juzgado de lo social número 7 de Málaga.

Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 564 de 2013, a instancias de la parte actora doña Yamina Hamri, don Tariq Matrah, don Nissrine Matrah y doña Loubna Matrah, contra don José Antonio Bello González, don Manuel Fernández Avilés, “Montajes Miguel Hoyas, Sociedad Limitada”, y Real Federación Española de Tenis, sobre social ordinario, se ha dictado resolución de fecha 25 de septiembre de 2014 del tenor literal siguiente:

Fallo

Que debo estimar y estimo la demanda origen de las presentes actuaciones interpuesta por doña Yamina Hamri, don Tariq Matrah, doña Loubna Matrah y don Nissrine Matrah, frente a Real Federación Española de Tenis, en reclamación de indemnización de daños y perjuicios, con los siguientes pronunciamientos:

1. Que debo condenar y condeno a Real Federación Española de Tenis a abonar a doña Yamina Hamri la cantidad de 38.893,21 euros.

2. Que debo condenar y condeno a Real Federación Española de Tenis a abonar a don Tariq Matrah, doña Loubna Matrah y don Nissrine Matrah la cantidad de 16.208,43 euros a cada uno de los tres.

3. Las anteriores cantidades deberán ser incrementadas en el interés legal devengado desde el día 22 de enero de 2013.

4. Que debo declarar y declaro que “Montajes Miguel Hoyas, Sociedad Limitada”, don José Antonio Bello González y don Manuel Fernández Avilés deben estar y pasar por esta declaración.

Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de suplicación ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede de Málaga, anunciándolo ante este Juzgado por comparecencia o por escrito en el plazo de los cinco días siguientes a la notificación del presente fallo.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Diligencia de publicación.—La extiendo yo, el secretario, para dar fe de que la anterior resolución se publicó en el día de su fecha, estando el ilustrísimo magistrado-juez que la dictó celebrando audiencia pública.—Reitero fe.

Y para que sirva de notificación a los demandados don José Antonio Bello González, don Manuel Fernández Avilés y “Montajes Miguel Hoyas, Sociedad Limitada”, actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia o se trate de emplazamientos.

En Málaga, a 2 de octubre de 2014.—El secretario judicial (firmado).

(03/30.812/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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