Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 262

Fecha del Boletín 
04-11-2014

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20141104-123

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 1

123
Ejecución 127 de 2014

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Rosario Barrio Pelegrini, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 1 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 127 de 2014 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Francisco José Rubira Rivas y don Óscar Villa Guinea, frente a “Consultoría en Imagen, Acción y Comunicación, Sociedad Anónima”, sobre ejecución forzosa, se ha dictado la siguiente resolución:

Decreto

En Madrid, a 24 de septiembre de 2014.

Parte dispositiva:

Se acuerda:

a) El embargo de los bienes inmuebles que se describen:

Finca número 54.708 en San Cugat del Vallés, IDUFIR 08123000042572, inscrita al tomo 1614, libro 84, folio 15 del Registro de la Propiedad número 1 de Sant Cugat del Vallés.

Finca número 54.574 en Sant Cugat del Vallés, IDUFIR 08123000041865, inscrita al tomo 1.497, libro 1.497, folio 72 del Registro de la Propiedad número 1 de Sant Cugat del Vallés.

Ambas como propiedad de “Consultoría en Imagen, Acción y Comunicación, Sociedad Anónima”, para responder de la cantidad de 90.543,68 euros de principal y 9.054,36 euros provisionalmente calculados de costas e intereses para este procedimiento seguido a instancias de don Óscar Villa Guinea y don Francisco José Rubira Rivas, contra “Consultoría en Imagen, Acción y Comunicación, Sociedad Anónima”.

b) Librar mandamiento por duplicado al Registro de la Propiedad para que practique anotación preventiva de dicho embargo, expida certificación de haberlo hecho, de la titularidad de los bienes y, en su caso, de sus cargas y gravámenes y comunique a este órgano judicial la existencia de ulteriores asientos que pudieran afectar al embargo anotado y remitir, asimismo, mandamiento por fax al Registro de la Propiedad a fin de que extienda el correspondiente asiento de presentación.

c) Requerir a la ejecutada para que dentro de los diez días siguientes a la notificación de esta resolución cumpla los requerimientos indicados en el segundo fundamento jurídico del presente decreto.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, no obstante lo cual se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículo 186.1 de la Ley de la Jurisdicción Social).

Así lo acuerdo y firmo.—Doy fe.

Diligencia.—Seguidamente se cumple lo acordado y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.—Doy fe.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Consultoría en Imagen, Acción y Comunicación, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 24 de septiembre de 2014.—La secretaria judicial (firmado).

(03/31.035/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20141104-123