Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 262

Fecha del Boletín 
04-11-2014

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20141104-219

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 23

219
Procedimiento ordinario 1.337 de 2013

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Rosa María Lozano Blanco, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 23 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 1.337 de 2013, recurso de suplicación número 164 de 2014, de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Begoña de la Rosa Moreda, frente a “Business Process Outsourcing, Sociedad Limitada”, “Global Sales Solutions Atlántico, Sociedad Limitada”, “Global Sales Solutions Line, Sociedad Limitada”, “Global Sales Solutions Norte, Sociedad Limitada”, “GSS Line Agencia de Seguros Vinculada, Sociedad Anónima”, “GSS Line Gestión Punto de Venta, Sociedad Limitada”, “GSS Venture, Sociedad Limitada”, “Iglobal Software, Sociedad Limitada”, y “Opportunity SHCK, Sociedad Anónima”, sobre procedimiento ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:

En Madrid, a 7 de octubre de 2014.—El letrado don Alberto Sancho León, en nombre de doña Begoña de la Rosa Moreda, ha presentado escrito de formalización en fecha 30 de julio de 2014, del recurso de suplicación anunciado en su día contra la sentencia dictada en este procedimiento.

Acuerdo:

Tener por formalizado el recurso y fórmese pieza separada que se encabezará con testimonio de la sentencia y del escrito de formalización.

Dar traslado del mismo a la parte contraria para su impugnación en el término de cinco días, si así le conviniere.

La impugnación deberá llevar la firma de letrado o graduado social colegiado para su admisión a trámite, quien deberá consignar un domicilio en la localidad en que radica la sede del Tribunal Superior de Justicia (artículo 198 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social).

En los escritos de impugnación podrán alegarse, de conformidad con el artículo 197.1 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social, motivos de inadmisibilidad del recurso, así como eventuales rectificaciones de hecho o causas de oposiciones subsidiarias, aunque no hubieran sido estimadas en la sentencia.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición ante este Juzgado, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles, contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículo 186.1 de la Ley de la Jurisdicción Social).

Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.—La secretaria judicial.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Iglobal Software, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 7 de octubre de 2014.—La secretaria judicial (firmado).

(03/31.099/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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