Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 257

Fecha del Boletín 
29-10-2014

Sección 3.10.20E: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20141029-37

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ESTREMERA

RÉGIMEN ECONÓMICO

37
Presupuesto 2014

En cumplimiento de lo establecido en el artículo 169.3 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se hace público para general conocimiento que el Pleno de este Ayuntamiento de Estremera, en su sesión celebrada el día 23 de octubre de 2014, ha aprobado definitivamente el presupuesto de esta Entidad Local correspondiente al año 2014, el cual fue aprobado inicialmente por el Pleno de este Ayuntamiento de Estremera, en sesión celebrada el día 11 de septiembre de 2014 (y habiéndose realizado exposición pública, mediante anuncio insertado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 232, de 30 de septiembre de 2014, y en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento de Estremera). A los efectos previstos en el artículo 169.3 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se publica resumido por capítulos:



a) Plazas de funcionarios:

1. Con habilitación estatal:

— Secretario-interventor: una plaza. Grupo: A1; nivel complemento de destino: 26.

b) Personal laboral:

— Un operario de servicios varios.

— Un ayudante de servicios varios.

— Dos educadores/as (Casa de los Niños).

Personal laboral fijo:

— Auxiliar: nivel de titulación exigido, Graduado Escolar o equivalente.

— Administrativo: nivel de titulación exigido, Bachiller Superior o equivalente.

Contra la presente aprobación definitiva podrá interponerse recurso contencioso-administrativo, conforme determina el artículo 171 de la Ley del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.

Estremera, a 24 de octubre de 2014.—El alcalde, José Carlos Villalvilla López.

(03/32.627/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20E: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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