Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 256

Fecha del Boletín 
28-10-2014

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20141028-165

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 25

165
Ejecución 2 de 2012

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Eugenia Ramos García, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 25 de Madrid.

Hago saber: Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 2 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Carlos Casado Álvarez, don Eleuterio García Romanillos, don Fernando Delgado García y don José Antonio Parra Aranda, frente a “Kitoli, Sociedad Limitada”, y “Marbui 2003, Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa, se ha dictado decreto de insolvencia en fecha 24 de septiembre de 2014, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

A los efectos de las presentes actuaciones y para el pago de 69.057,96 euros de principal, de dicha cantidad corresponde a don Fernando Delgado García la suma de 14.020,81 euros; a don Eleuterio García Romanillos, la suma de 17.811,80 euros; a don Carlos Álvarez Casado, la suma de 19.110,94 euros, y a don José Antonio Parra Aranda, la suma de 18.114,41 euros, y 4.143,47 euros de intereses y 6.905,79 euros calculados para costas, se declara la insolvencia provisional total de las ejecutadas “Marbui 2003, Sociedad Limitada”, y “Kitoli, Sociedad Limitada”, sin perjuicio de que pudieran encontrárseles nuevos bienes que permitieran hacer efectiva la deuda aún pendiente de pago.

Una vez firme la presente resolución, hágase constar en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID la declaración de insolvencia de las deudoras (artículo 276.5 de la Ley de la Jurisdicción Social). Asimismo, hágase entrega de testimonio a la parte ejecutante a fin de iniciar el correspondiente expediente ante el Fondo de Garantía Salarial.

Una vez firme la presente resolución, archívense las presentes actuaciones.

Modo de impugnación: contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión, en el plazo de tres días, desde su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros, dicho depósito habrá de realizarse mediante el ingreso de su importe en la cuenta de depósitos y consignaciones de este Juzgado en la entidad “Banco Santander” número 2523-0000-64-0002-12.

El ingreso se puede llevar a cabo:

— Personándose en cualquier oficina de “Banco Santander” o de la entidad colaboradora en caso de no existir oficina de “Banco Santander” en la plaza del Juzgado.

— Mediante transferencia bancaria. Se puede realizar el ingreso por transferencia bancaria desde una cuenta corriente abierta en cualquier entidad bancaria distinta de “Banco Santander”. Para ello ha de seguir todos los pasos siguientes:

1. Emitir la transferencia a la cuenta bancaria de 20 dígitos (CCC) siguiente:

Clave entidad: 0049.

Clave sucursal: 3569.

DC: 92.

Número de cuenta: 0005001274.

IBAN: IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274.

2. En el campo ordenante se indicará, como mínimo, el nombre o razón social de la persona física o jurídica obligada a hacer el ingreso y, si es posible, el NIF/CIF de la misma.

3. En el campo beneficiario se identificará al Juzgado o Tribunal que ordena el ingreso.

4. En el campo “Observaciones o concepto de la transferencia” se consignarán los 16 dígitos que corresponden al procedimiento.

Estos 16 dígitos correspondientes al procedimiento tienen que consignarse en un solo bloque. Es importante que este bloque de 16 dígitos esté separado, de lo que se ponga en el resto del campo, por espacios.

Si no se consignan estos 16 dígitos o se escriben erróneamente, la transferencia será repelida por imposibilidad de identificación del expediente judicial y será devuelta a origen.

Se advierte a las destinatarias de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Marbui 2003, Sociedad Limitada”, y “Kitoli, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 24 de septiembre de 2014.—La secretaria judicial (firmado).

(03/29.978/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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