Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 254

Fecha del Boletín 
25-10-2014

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20141025-62

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE ALICANTE NÚMERO 1

62
Procedimiento 955 de 2012

EDICTO

Don José Agustín Rifé Fernández-Ramos, secretario del Juzgado de lo social número 1 de Alicante.

Hace saber: Que en el procedimiento que se sigue en este Juzgado de lo social con el número 955 de 2012, recurso número 44 de 2014, por cantidades, instado por doña Adela Bautista García, doña María Amparo Cabanes Ayala, doña Josefina Marín Durán, doña María de las Mercedes Conejero Lareo, doña Libia Yeni Cerón Chávez, don Manuel Pascual Ruiz, doña Bibiana Hernández Ruiz, doña María Rosario Ruiz Amorós, don José Antonio Martínez Serrano, doña María del Carmen López Jiménez, doña María Concepción Aldea Segura, doña María de los Ángeles García García, don Víctor Urios Carrasco y doña María Dolores Cabanes Ayala, frente a “Terral Wind, Sociedad Limitada”, “Conselleria de Sanitat de la Generalitat Valenciana”, “Esabe Limpiezas Integrales, Sociedad Limitada”, “Kluh Linaer España, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, se ha dictado diligencia de ordenación, traslado de impugnación, de fecha 16 de septiembre de 2014, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Diligencia de ordenación del secretario, don José Agustín Rifé Fernández Ramos.—En Alicante, a 16 de septiembre de 2014.

De conformidad con el artículo 197.2 y 3 de la Ley 36/2011, Reguladora de la Jurisdicción Social, se tiene por impugnado por la parte demandante, en tiempo y forma, el recurso de suplicación en su día anunciado, dese traslado del mismo a las demás partes, y toda vez conste la notificación de la presente resolución, sin más trámites elévense los autos a la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia, junto con el recurso y escritos presentados.

Notifíquese la presente resolución a las partes, con la advertencia de que contra la misma cabe interponer ante este mismo Juzgado recurso de reposición en el plazo de tres días desde su notificación, debiendo consignar la cantidad de 25 euros en la “Cuenta de consignaciones” de este Juzgado en cualquier sucursal de “Banesto”, con especificación en el mandamiento de ingreso (cuenta del Juzgado número 0111/0000, “Concepto” la indicación “Recurso”, seguido del código “30 Reposición-Social”, número de expediente 000874/2010) o por transferencia bancaria (indicándose después de los dieciséis dígitos el código y tipo de recurso) al tiempo de interponerlo, únicamente por quienes no tengan la condición de trabajador o beneficiario de la Seguridad Social, con la advertencia de que no se admitirá ningún recurso cuyo depósito no esté constituido (Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre).—Doy fe.

Y para que sirva de notificación a “Terral Wind, Sociedad Limitada”, y “Esabe Limpiezas Integrales, Sociedad Limitada”, cuyo paradero actual se desconoce y el último conocido fue en la calle Cronos, número 8, y calle Ricardo Ortiz, número 14-B, de Madrid, para ambos, expido el presente en Alicante, a 16 de septiembre de 2014.—El secretario judicial (firmado).

(03/29.923/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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