Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 253

Fecha del Boletín 
24-10-2014

Sección 4.50.1.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20141024-77

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

77
Nombramiento de juez de paz titular de Prádena del Ricón

SECRETARÍA DE GOBIERNO

EDICTO

Don José Palazuelos Morlanés, secretario de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Madrid.

Certifico: Que por la Sala de Gobierno de este Tribunal Superior, en sesión celebrada el día de hoy, se adoptó el siguiente acuerdo:

3. Quinto.—Nombramiento de juez de paz titular de Prádena del Rincón.

Se da cuenta de la certificación remitida por el Ayuntamiento de Prádena del Rincón en la que se propone el nombramiento de don Ismael García Jiménez para el cargo de juez de paz titular, aprobado por el Pleno de la Corporación, en sesión celebrada el día 27 de junio de 2014, por unanimidad de los cuatro miembros asistentes, que representa la mayoría absoluta del número ­legal.

Atendiendo a los criterios establecidos en la Ley Orgánica del Poder Judicial y en el Reglamento de los Jueces de Paz relativos al régimen de prohibiciones e incompatibilidades y observando que concurren en el electo las condiciones de idoneidad y elegibilidad.

La Sala de Gobierno, por unanimidad, acuerda: nombrar juez de paz titular de Prádena del Rincón a don Ismael García Jiménez.

Con certificación, particípese este acuerdo al Consejo General del Poder Judicial, al Juzgado Decano de primera instancia e instrucción de Torrelaguna, partido judicial al que pertenece, al alcalde-presidente del Ayuntamiento de Prádena del Rincón, al Juzgado de paz de la misma localidad y al BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID para su publicación.

Y para que conste y en cumplimiento de lo acordado, expido y firmo la presente en Madrid, a 15 de septiembre de 2014.—El secretario de Gobierno, José Palazuelos Morlanés.

(03/30.081/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.50.1.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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