Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 250

Fecha del Boletín 
21-10-2014

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20141021-113

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE FUENLABRADA NÚMERO 6

113
Procedimiento ordinario 637 de 2012

EDICTO

En el presente procedimiento ordinario número 637 de 2012, seguido a instancias de “García de la Mora, Sociedad Limitada”, frente a “Innova Odón, Sociedad Limitada”, y don Fernando Tomás Martínez López, se ha dictado sentencia, cuyo tenor literal del contenido legal para su publicación a tenor del artículo 4 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, es el siguiente:

Sentencia número 83

En Fuenlabrada, a 25 de marzo de 2014.—Vistos por mí, doña Marta Iturrioz Muñoz, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 3 de Fuenlabrada, en funciones de sustitución del magistrado-juez titular del Juzgado de primera instancia número 6 de Fuenlabrada, los autos de juicio ordinario número 637 de 2012, siendo parte demandante, “García de la Mora, Sociedad Limitada”, representada por el procurador señor Díaz Alfonso y asistida por el letrado señor Sánchez Núñez, y parte demandada, “Innova Odón, Sociedad Limitada”, y don Fernando Tomás Martínez López, declarados en rebeldía procesal.

Notifíquese a las partes, previniéndoles de que contra esta sentencia cabe interponer recurso de apelación en el plazo de veinte días que se tramitará según los artículos 455 y siguientes de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, y se resolverá por la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid.

A estos efectos, y de conformidad con la disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica del Poder Judicial, introducida por la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, complementaria de la Ley de reforma de la legislación procesal para la implantación de la nueva oficina judicial, por la que se modifica la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, se indica a las partes la necesidad de constituir un depósito de 50 euros para recurrir la presente resolución en la oportuna entidad de crédito, y en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” abierta a nombre de este Juzgado, previa a la preparación del recurso, debiendo dicha constitución ser acreditada por la parte y verificada por la secretaria judicial, dejando constancia de ello en autos.

Y encontrándose dichos demandados “Innova Odón, Sociedad Limitada”, y don Fernando Tomás Martínez López en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma a los mismos.

En Fuenlabrada, a 27 de mayo de 2014.—La secretaria judicial (firmado).

(02/6.172/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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