Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 238

Fecha del Boletín 
07-10-2014

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20141007-152

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 15

152
Procedimiento 527 de 2014

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Dolores Marín Relanzón, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 15 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 527 de 2014 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don José Vicente Díaz Triviño, frente a “Safe Área, Sociedad Limitada”, sobre monitorio, se han dictado las siguientes resoluciones:

Acuerdo:

1. Tener por no satisfechas la totalidad de las cantidades reclamadas por don José Vicente Díaz Triviño, frente a “Safe Área, Sociedad Limitada”, por la cuantía de 4.322,05 euros, sin perjuicio de que por la parte actora se inste la ejecución si a su derecho conviene.

2. Tener por terminado el presente proceso monitorio y proceder a su archivo.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, no obstante lo cual se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículo 186.1 de la Ley de la Jurisdicción Social).

Así lo acuerdo y firmo.—Doy fe.

Se acuerda subsanar la omisión advertida en los decretos de fechas 21 de mayo y 7 de julio de 2014, consistente en los intereses por mora, en los siguientes términos.

Donde dice:

«1. Tener por no satisfechas la totalidad de las cantidades reclamadas por don José Vicente Díaz Triviño, frente a “Safe Área, Sociedad Limitada”, por la cuantía de 4.322,05 euros, sin perjuicio de que por la parte actora se inste la ejecución si a su derecho conviene...».

Debe decir:

«1. Tener por no satisfechas la totalidad de las cantidades reclamadas por don José Vicente Díaz Triviño, frente a “Safe Área, Sociedad Limitada”, por la cuantía de 4.322,05 euros netos y 433,20 euros netos como interés por mora, sin perjuicio de que por la parte actora se inste la ejecución si a su derecho conviene...».

Contra esta resolución no cabe interponer recurso alguno, sin perjuicio de los recursos que procedan, en su caso, contra la resolución a la que se refiere la aclaración, cuyos plazos comenzarán a computarse el día siguiente a la notificación de este decreto.

Así lo acuerdo y firmo.—Doy fe.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Safe Área, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y tablón de anuncios del Juzgado.

En Madrid, a 1 de septiembre de 2014.—La secretaria judicial (firmado).

(03/27.484/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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