Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 236

Fecha del Boletín 
04-10-2014

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20141004-15

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 8

15
Procedimiento ordinario 704 de 2012

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Don Miguel Ángel Sánchez Grande, secretario judicial del Juzgado de lo social número 8 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 704 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Ismael Fernández Gordillo y don Juan Miguel Blanco Guerra, frente a “Giraud Ibérica, Sociedad Anónima”, “TNT Express Worldwide, Sociedad Limitada”, “Transportes Sheyla 2005, Sociedad Limitada”, y “Transvillo e Hijos, Sociedad Limitada”, sobre procedimiento ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:

Auto

En Madrid, a 30 de julio de 2014.

Parte dispositiva:

Se acuerda subsanar el defecto advertido en la sentencia de fecha 15 de julio de 2014, quedando el fallo del siguiente tenor literal:

«Fallo

Que estimando la falta de legitimación pasiva de “TNT Express Worldwide (Spain), Sociedad Limitada”, y “Giraud Ibérica, Sociedad Anónima”; desestimando la pretensión de don Juan Miguel Blanco Guerra, y estimando parcialmente la demanda en reclamación de cantidad respecto de don Ismael Fernández Gordillo, vengo a condenar a la empresa “Transportes Sheyla 2005, Sociedad Limitada”, a satisfacerle por los conceptos de la demanda la cantidad de 13.500 euros, con más el 10 por 100 anual de interés por mora. Se absuelve a “Transvillo e Hijos, Sociedad Limitada”, de las pretensiones deducidas en su contra.»

Contra esta resolución no cabe interponer recurso alguno, sin perjuicio de los recursos que procedan, en su caso, contra la resolución a la que se refiere la aclaración, cuyos plazos comenzarán a computarse el día siguiente a la notificación de este auto.

Incorpórese esta resolución al libro de sentencias y llévese testimonio a los autos.

Así por este su auto lo acuerda, manda y firma la ilustrísima magistrada-juez de lo social doña Pilar Varas García.

Diligencia.—Seguidamente se cumple lo acordado y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.—Doy fe.

Se advierte a las destinatarias de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Transportes Sheyla 2005, Sociedad Limitada”, y “Transvillo e Hijos, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 30 de julio de 2014.—El secretario judicial (firmado).

(03/27.349/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20141004-15