Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 233

Fecha del Boletín 
01-10-2014

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20141001-161

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 24

161
Procedimiento 1.095 de 2011

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Marta Menárguez Salomón, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 24 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 1.095 de 2011 (recurso número 59 de 2012) de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Javier Alberto Luna Portilla, frente a “Banco Santander Central Hispano, Sociedad Anónima”, “Eagle Informática, Sociedad Anónima”, “Efron Consulting, Sociedad Limitada”, “Inegniería de Software Bancario, Sociedad Limitada”, “Santander Consumer Finance, Sociedad Anónima”, y “Vector Software Factory, Sociedad Limitada”, sobre despidos/ceses en general, se ha dictado la siguiente resolución:

Diligencia de ordenación de la secretaria judicial, doña Marta Menárguez Salomón.—En Madrid, a 1 de septiembre de 2014.

Visto el estado de las presentes actuaciones, dese traslado por término de cinco días al actor don Javier Alberto Luna Portilla al objeto de que designe letrado para llevar a cabo la formalización del recurso de suplicación en su día anunciado; transcurrido el cual sin llevarlo a cabo se procederá al archivo de las actuaciones, previa baja en el libro registro correspondiente.

Notifíquese la presente resolución a las partes y al actor en el domicilio designado en comparecencia de fecha 5 de agosto de 2013 a través del Servicio Común de Actos de Comunicación y, cautelarmente, a través de edicto (artículo 59 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social).

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, no obstante lo cual se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículo 186.1 de la Ley de la Jurisdicción Social).

Así lo acuerdo y firmo.—Doy fe.

Se advierte al destinatario de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a don Javier Alberto Luna Portilla, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 1 de septiembre de 2014.—La secretaria judicial (firmado).

(03/27.137/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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