Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 225

Fecha del Boletín 
22-09-2014

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140922-51

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 66

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Procedimiento 940 de 2013

EDICTO

En el presente procedimiento de divorcio contencioso número 940 de 2013 seguido a instancias de doña María López Echeverría, frente a don Christopher Ángel Tamayo Vargas, se ha dictado sentencia, cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:

Sentencia número 340 de 2014

Procedimiento de divorcio contencioso número 940 de 2013, siendo demandante doña María López Echeverría, con procurador don José Ignacio de Noriega Arquer y letrada doña Amaya López Barriuso, y demandado don Christopher Ángel Tamayo Vargas, sin profesionales asignados.—En Madrid, a 7 de julio de 2014.

Fallo

Estimar íntegramente la demanda interpuesta por el procurador don José Ignacio de Noriega Arquer, en nombre y representación de doña María López Echeverría, contra don Christopher Ángel Tamayo Vargas, que se mantuvo en los autos en situación de rebeldía y, en consecuencia, decretar la disolución del matrimonio, mediante divorcio de los cónyuges litigantes, con los efectos legales inherentes a dicho pronunciamiento.

Procede declarar las costas de oficio.

Notifíquese esta sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de apelación para ante la Audiencia Provincial en los términos prevenidos en los artículos 455 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil. Para recurrir es de aplicación la disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica del Poder Judicial, en su nueva redacción dada por el apartado 19 del artículo 1 de la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, complementaria de la Ley de reforma de la legislación procesal para la implantación de la nueva oficina judicial, por la que se modifica la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial.

Llévese el original al libro de sentencias.

Una vez firme la presente resolución, comuníquese de oficio al Registro Civil donde conste inscrito el matrimonio de los litigantes.

Por esta sentencia, de la que se expedirá testimonio para incorporarlo a las actuaciones, lo pronuncia, manda y firma doña Lucía Legido Gil, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 66 de Madrid.

Publicación

Firmada la anterior resolución es entregada en el día de hoy en esta Secretaría para su notificación, dándose publicidad en legal forma, y se expide certificación literal de la misma para su unión a los autos, quedando el original archivado en el libro correspondiente.—Doy fe.

Y encontrándose dicho demandado don Christopher Ángel Tamayo Vargas en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma al mismo.

En Madrid, a 7 de julio de 2014.—El secretario judicial (firmado).

(02/5.526/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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