Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 225

Fecha del Boletín 
22-09-2014

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140922-46

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE VILLANUEVA DE LA CAÑADA

RÉGIMEN ECONÓMICO

46
Modificación ordenanza precio público

Por el presente se hace público que el expediente de modificación de la ordenanza reguladora del precio público por enseñanzas especiales impartidas en establecimientos municipales, que fue inicialmente aprobado por la Junta de Gobierno Local en sesión celebrada el 3 de julio de 2014, ha resultado definitivo al no haberse presentado reclamaciones contra el mismo durante el período de su exposición pública, entrando en vigor el mismo día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Contra el mismo cabe interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante la correspondiente Sala del Tribunal Superior de Justicia de Madrid.

ORDENANZA REGULADORA DEL PRECIO PÚBLICO POR ENSEÑANZAS ESPECIALES IMPARTIDAS EN ESTABLECIMIENTOS MUNICIPALES

Se añade un apartado nuevo en el epígrafe 1.2. Escuelas municipales del área de educación del artículo 3 de la ordenanza reguladora del precio público por enseñanzas especiales en establecimientos municipales:



El precio señalado será por día y participante, sin que le sean de aplicación las bonificaciones y exenciones recogidas en otros apartados del artículo 3.

DISPOSICIÓN FINAL

La presente modificación entrará en vigor el mismo día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y comenzará a aplicarse a partir de dicho momento, permaneciendo en vigor hasta su modificación o derogación expresa.

En Villanueva de la Cañada, a 3 de septiembre de 2014.—El alcalde, Luis M. Partida Brunete.

(03/26.371/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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