Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 210

Fecha del Boletín 
04-09-2014

Sección 3.10.20P: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140904-37

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE PARACUELLOS DE JARAMA

OTROS ANUNCIOS

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Solicitud juez de paz

Recibido escrito del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, por el que comunica que, próximo a cumplirse la finalización en su mandato del actual juez de paz de esta localidad, requieren a este Ayuntamiento para que elija persona idónea para ese cargo que esté dispuesta a aceptarlo.

El procedimiento se regula en los artículos 101 y 102 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y 4 y 5 del Reglamento 3/1995, de 7 de junio, de los Jueces de Paz.

Por medio de la presente y en uso de las facultades conferidas a esta Alcaldía por la legislación vigente, resuelvo:

Aprobar la convocatoria pública para cubrir la vacante de juez de paz de este municipio, que se ajustará a las siguientes bases:

Primera.—Los vecinos de este municipio que estén interesados en el cargo, que reúnan las condiciones de capacidad y compatibilidad y que aparecen en los artículos 12, 13, 14 y 23 del Reglamento de los Jueces de Paz y 102, 303, 389 y 395 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, presentarán en el Departamento de Información y Registro de este Ayuntamiento, en horario de oficina, sito en la plaza de la Constitución, número 1, solicitud por escrito en el plazo de quince días hábiles, a partir del día siguiente a la publicación del correspondiente edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, acompañada de los siguientes documentos:

a) Fotocopia del DNI.

b) Certificado de antecedentes penales, en el que no resulte vigente condena por delito doloso.

c) Currículo personal.

d) Documento en el que hagan constar la siguiente información: si están afiliados a algún partido político o trabajan para él, si están afiliados a algún sindicato o trabajan para él, si están colegiados como abogado o procurador ejercientes y si son funcionarios o empleados de alguna Administración Pública.

Ante las dudas que se susciten la Alcaldía podrá requerir la presentación de documento idóneo que acredite los extremos anteriores, sin perjuicio de la responsabilidad a que hubiere lugar.

Segunda.—La presente convocatoria se hará pública mediante edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, tablón de anuncios de este Ayuntamiento, tablón de anuncios del Juzgado de primera instancia e instrucción de Torrejón de Ardoz y tablón de anuncios del Juzgado de paz de esta localidad.

Tercera.—Las solicitudes presentadas dentro del plazo establecido se someterán a la consideración del Pleno del Ayuntamiento en la primera sesión que celebre para la elección de la persona idónea de entre las interesadas con el quórum de la mayoría absoluta.

Paracuellos de Jarama, a 2 de septiembre de 2014.—El alcalde, Fernando Zurita Orden.

(03/26.231/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20P: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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