Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 180

Fecha del Boletín 
31-07-2014

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140731-163

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 21

163
Procedimiento 1.089 de 2013-M

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Angustias Caro Vida, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 21 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.089 de 2013-M de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Ana Zamarro Barrado, frente a “Desarrollos Encinova, Sociedad Limitada”, Fondo de Garantía Salarial y ministerio fiscal, sobre despidos/ceses en general, se ha dictado en fecha 27 de junio de 2014 sentencia, cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:

En Madrid, a 27 de junio de 2014.—La ilustrísima señora doña Elena Burgos Herrera, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 21 de Madrid, ha dictado en nombre del Rey la siguiente

Sentencia número 247 de 2014

En los autos de juicio verbal sobre despido seguidos entre las partes: de la una, y como demandante, doña Ana Zamarro Barrado, con documento nacional de identidad número 50805745-X, defendida por el letrado don Sergio Ramos Aguirre, y de la otra, y como demandados, “Desarrollos Encinova, Sociedad Limitada”, ministerio fiscal y Fondo de Garantía Salarial.

Fallo

Que estimando la demanda formulada pro doña Ana Zamarro Barrado, contra “Desarrollos Encinova, Sociedad Limitada”, debo declarar y declaro la nulidad del despido comunicado a la demandante el día 6 de agosto de 2013 y acordando la extinción de la relación laboral que unía a las partes con efectos de la presente resolución, condeno a la mercantil demandada a abonar a la demandante la cantidad de 6.391,58 euros en concepto de indemnización por despido. Condeno al Fondo de Garantía Salarial y al ministerio fiscal a estar y pasar por este pronunciamiento.

Notifíquese esta sentencia a las partes y al Servicio Público Estatal de Empleo, a los que se advierte de que no es firme, ya que contra la misma cabe interponer recurso de suplicación para ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, debiendo, en su caso, anunciar el propósito de hacerlo dentro de los cinco días siguientes a la notificación de la misma, por conducto de este Juzgado, bastando para ello la mera manifestación de la parte o de su abogado o representante al hacerle la notificación de la sentencia de su propósito de entablar el recurso, pudiendo también anunciarse el recurso por comparecencia o por escrito de las partes o de su abogado o representante ante este Juzgado y en el indicado plazo.

Al anunciar el recurso, todo aquel que sin tener condición de trabajador o causahabiente suyo o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social pretenda formular recurso, deberá acreditar, al anunciar el recurso, haber consignado la cantidad objeto de la condena en la cuenta abierta a nombre de este Juzgado de lo social en el “Banco Español de Crédito” con el número 2519, clave 65, sucursal 1033, haciendo constar en el ingreso el número de expediente, pudiéndose sustituir la consignación en metálico por el aseguramiento mediante aval bancario, en el que consta la responsabilidad solidaria del avalista.

Asimismo, el que no goce del beneficio de justicia gratuita y pretenda formular recurso deberá efectuar un depósito de 300,00 euros en esa misma cuenta bancaria, y habrá de justificar el abono de la tasa legalmente establecida para este tipo de recurso.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Desarrollos Encinova, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y tablón de anuncios del Juzgado.

En Madrid, a 1 de julio de 2014.—La secretaria judicial (firmado).

(03/22.153/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140731-163