Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 177

Fecha del Boletín 
28-07-2014

Sección 4.150.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140728-153

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE VIGILANCIA PENITENCIARIA DE MADRID NÚMERO 6

153
Expediente 2.230 de 2012

EDICTO

Doña Teresa María Marinero Rivera, secretaria del Juzgado de vigilancia penitenciaria número 6 de Madrid.

Doy fe y testimonio: Que en el expediente número 2.230 de 2012, se ha dictado el presente auto que en encabezamiento y su parte dispositiva dice:

Hechos

I. Por informe del Servicio de Gestión de Penas y Medidas Alternativas de Victoria Jent se ha tenido conocimiento de la existencia de una incidencia producida en la ejecución de la pena de trabajos en beneficio de la comunidad impuesta al penado don Roger Alexis Peñas Rojas, consistente en rendimiento sensiblemente inferior el mínimo exigible (no realización de actividades en taller Taseval).

II. Pasadas las actuaciones al ministerio fiscal, el mismo ha emitido informe en el sentido que obra en autos.

Parte dispositiva:

Se declara incumplida la pena de trabajos en beneficio de la comunidad impuesta al penado don Roger Alexis Peñas Rojas, por el Juzgado de ejecuciones penales número 28 de Madrid (ejecutoria número 1.343 de 2010).

Póngase en conocimiento del órgano judicial encargado de la ejecución y del Servicio de Gestión de Penas y Medidas Alternativas de Madrid.

Dedúzcase testimonio de las actuaciones y remítase al Juzgado decano de los de Madrid para su reparto, por la posible comisión de un delito de quebramiento de condena.

Notifíquese esta resolución al ministerio fiscal, y al penado, haciéndoles saber de que contra la presente resolución cabe interponer recurso de reforma en el término de tres días y subsidiario o separado de apelación en el plazo de cinco días a resolver por el juez o Tribunal sentenciador en los términos previstos en la disposición adicional quinta de la Ley Orgánica 6/1985, del Poder Judicial.

Así lo acuerda, manda y firma la ilustrísima, doña María Gracia Rupérez Paracuellos, magistrada-juez del Juzgado de vigilancia penitenciaria número 6 de Madrid.—Doy fe.

Y para que conste y sirva de notificación de auto a don Roger Alexis Peñas Rojas, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el tablón de anuncios de este Juzgado, expido la presente en Madrid, a 4 de julio de 2014.—La secretaria (firmado).

(03/22.707/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.150.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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