Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 177

Fecha del Boletín 
28-07-2014

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140728-121

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 16

121
Procedimiento 1.013 de 2012

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Ana Correchel Calvo, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 16 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 1.013 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Román Juanes Cordero, frente a “Fremap, Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales”, Instituto Nacional de la Seguridad Social, “Promam, Sociedad Anónima”, y Tesorería General de la Seguridad Social, sobre Seguridad Social, se ha dictado la siguiente resolución:

Fallo

Que estimando la demanda interpuesta por don Román Juanes Cordero, contra “Promam, Sociedad Anónima”, “Fremap, Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales”, Tesorería General de la Seguridad Social e Instituto Nacional de la Seguridad Social, sobre invalidez permanente en grado de total, declaro el derecho del actor al percibo de una pensión en cuantía del 55 por 100 de su base reguladora, que asciende a 17.160,73 euros/año con efectos desde el día 29 de febrero de 2012 hasta la fecha del fallecimiento, y en relación con los efectos económicos los regulados legal y reglamentariamente.

Condenando a la mutua patronal codemandada a su abono y, subsidiariamente, al Instituto Nacional de la Seguridad Social y Tesorería General de la Seguridad Social, absolviendo a “Promam, Sociedad Anónima”, de cuantas pretensiones contra ella se dirigían a través del presente litigio.

La declaración contenida en el fallo de esta sentencia será revisalbe por la entidad gestora en los términos, plazos y con el procedimiento establecido en el artículo 143 de la vigente Ley General de la Seguridad Social, Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio, con las modificaciones introducidas por la Ley 24/1997, de 15 de julio.

Se advierte a las partes que contra esta sentencia puede interponerse recurso de suplicación ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, anunciándolo por comparecencia o por escrito en este Juzgado en el plazo de los cinco días siguientes a su notificación y designando letrado o graduado social colegiado para su tramitación. Se advierte al recurrente que no fuese trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social ni gozase del derecho de asistencia jurídica gratuita que deberá acreditar al tiempo de interponerlo haber ingresado el importe de 300 euros en la cuenta número 2514/0000/62/0139/12 del “Banco Santander”, aportando el resguardo acreditativo, así como acreditar al tiempo de anunciarlo haber consignado el importe íntegro de la condena en el “Banco Santander” o presentar aval, de duración indefinida y pagadero a primer requerimiento, de entidad financiera por el mismo importe en el que se haga constar la responsabilidad solidaria del avalista.

De conformidad con lo dispuesto en la Ley 10/2012, de 20 de noviembre, por la que se regulan determinadas tasas en el ámbito de la Administración de Justicia y del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses, el recurrente deberá aportar el justificante de pago de la tasa con arreglo al modelo oficial, debidamente validado, conforme a los criterios establecidos en la citada norma en su artículo 7.1 y 2, y en su caso, cuando tenga la condición de trabajador con la limitación establecida en el artículo 1.3 del mismo texto legal.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Promam, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y tablón de anuncios del Juzgado.

En Madrid, a 27 de junio de 2014.—La secretaria judicial (firmado).

(03/21.727/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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