Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 176

Fecha del Boletín 
26-07-2014

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140726-71

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 34

71
Ejecución 40 de 2009

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Don Fernando Benítez Benítez, secretario judicial del Juzgado de lo social número 34 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 40 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Esther Claramunt González, doña Luisa Barragán Casado, doña María Esther Asenjo Touzón, doña María del Pilar Fervienza Romero y doña Marta González Cestao, frente a “Distanmark Groups, Sociedad Limitada”, “Recycled Papermark, Sociedad Limitada”, y “White Smile, Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa, se ha dictado la siguiente resolución:

Auto

Se acuerda subsanar el defecto advertido en auto de fecha 18 de junio de 2013, consistente en un error material de las cantidades detalladas de principal, intereses y costas, quedando las partes dispositivas redactadas en los siguientes términos:

«Despachar orden general de ejecución de la sentencia a favor de la parte ejecutante doña María Esther Asenjo Touzón, doña Esther Claramunt González, doña María del Pilar Fervienza Romero, doña Marta González Cestao y doña Luisa Barragán Casado, frente a la demandada “White Smile, Sociedad Limitada”, parte ejecutada, por un principal de 156.874,61 euros, más 9.412,47 euros y 15.687,46 euros de intereses y costas calculados provisionalmente, sin perjuicio de su posterior liquidación.

A los efectos de las presentes actuaciones, y para el pago de 156.874,61 euros de principal, 9.412,47 euros de intereses y 15.687,46 euros calculados para costas, se declara la insolvencia provisional total de la ejecutada “White Smile, Sociedad Limitada”, sin perjuicio de que pudieran encontrársele nuevos bienes que permitieran hacer efectiva la deuda aún pendiente de pago».

Así por este su auto lo acuerda, manda y firma el ilustrísimo magistrado-juez de lo social don Antonio Seoane García.

Contra esta resolución no cabe interponer recurso alguno, sin perjuicio de los recursos que procedan, en su caso, contra la resolución a la que se refiere la aclaración, cuyos plazos comenzarán a computarse el día siguiente a la notificación de este auto.

Diligencia.—Seguidamente se cumple lo acordado y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.—Doy fe.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “White Smile, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 24 de junio de 2014.—El secretario judicial (firmado).

(03/21.602/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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