Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 167

Fecha del Boletín 
16-07-2014

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140716-75

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MÓSTOLES NÚMERO 1

75
Procedimiento ordinario 310 de 2013

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento ordinario número 310 de 2013, sobre procedimiento ordinario, se ha dictado sentencia el día 8 de julio de 2013, cuyo encabezamiento y parte dispositiva son del tenor literal siguiente:

En Móstoles, a 8 de julio de 2013.—Doña Ana Mercedes Merino Melara, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 1 de Móstoles, habiendo visto los presentes autos de juicio ordinario número 310 de 2013, sobre reclamación de cantidad, seguidos a instancias de la entidad “Volkswagen Finance, Sociedad Anónima, Establecimiento Finaciero de Crédito”, representada por la procuradora señora Vegas Ballesteros y bajo la dirección letrada de la señora Llorente Berral, contra don José Luis Pérez Ortiz, en situación de rebeldía procesal.

Que estimando la demanda interpuesta por la procuradora señora Vegas Ballesteros, en nombre y representación de la entidad “Volkswagen Finance, Sociedad Anónima, Establecimiento Financiero de Crédito”, debo condenar y condeno al demandado don Marcelino Camino Benito a que abone a la parte actora la cantidad de 24.130,24 euros. Dicha cantidad devengará los intereses de demora pactados. Procede la condena en costas de la parte demandada.

Contra la presente sentencia cabe recurso de apelación, ante la Audiencia Provincial de Madrid, en el plazo de veinte días de conformidad con el artículo 458 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Y para que sirva de notificación en legal forma a don Marcelino Camino Benito, que se encuentra en ignorado paradero, mediante su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, se extiende la presente en Móstoles, a 1 de abril de 2014.—La secretaria judicial (firmado).

(02/4.322/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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