Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 166

Fecha del Boletín 
15-07-2014

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140715-158

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE HUELVA NÚMERO 3

158
Ejecución 101 de 2014

EDICTO

Doña María del Carmen Bellón Zurita, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 3 de Huelva.

Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 101 de 2014, a instancias de la parte actora doña Ana Leiva Florencio, contra “Esabe Limpiezas Integrales, Sociedad Limitada”, sobre ejecución de títulos judiciales, se ha dictado con esta fecha decreto, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Acuerdo: Declarar a la ejecutada “Esabe Limpiezas Integrales, Sociedad Limitada”, en situación de insolvencia con carácter provisional por importe de 3.199,87 euros en concepto de principal, más 400 euros en concepto de intereses de mora, más 720 euros calculados para intereses y gastos, sin perjuicio de su ulterior tasación.

Archivar las actuaciones, previa anotación en los libros de registro correspondientes de este Juzgado y sin perjuicio de continuar la ejecución si en lo sucesivo se conocieren bienes de la ejecutada sobre los que trabar embargo.

Notifíquese la presente resolución.

Modo de impugnación: contra la presente resolución cabe recurso directo de revisión que deberá interponerse ante quien dicta la resolución en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación, con expresión de la infracción cometida en la misma a juicio del recurrente (artículo 186 de la Ley de Procedimiento Laboral). El recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario de régimen público de la Seguridad Social deberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros, en el número de cuenta de este Juzgado 19320000 30010114, debiendo indicar en el campo “Concepto”, la indicación “Recurso”, seguida del código “31 Social-Revisión”. Si el ingreso se hace mediante trasferencia bancaria, deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio con la indicación “Recurso”, seguida del código “31 Social-Revisión”. Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase, indicando en el campo de “Observaciones” la fecha de la resolución recurrida, utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono, en todo caso, el ministerio fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades Locales y los organismo autónomos dependientes de ellos.

Y para que sirva de notificación a la demandada “Esabe Limpiezas Integrales, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, y con la advertencia de que las siguientes comunicaciones se le harán en los estrados de este Juzgado con las limitaciones que establece el artículo 59 de la Ley de Procedimiento Laboral, y para su inserción en el “Boletín Oficial de la Provincia de Huelva” y en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, así como para su fijación en el tablón de anuncios de este Juzgado, expido el presente en Huelva, a 27 de mayo de 2014.—La secretaria judicial (firmado).

(03/20.162/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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