Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 159

Fecha del Boletín 
07-07-2014

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140707-158

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE BILBAO NÚMERO 10

158
Reclamación 473 de 2014

EDICTO

Doña Fátima Elorza Arizmendi, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 10 de Bilbao.

Hago saber: Que en los autos de reclamación sobre medidas de seguridad e higiene número 473 de 2014 de este Juzgado de lo social, seguidos a instancias de don José Manuel Pérez San José, contra “Alges Leioa, Sociedad Limitada”, “Alufase, Sociedad Anónima”, “Construcciones y Promociones Balzola, Sociedad Anónima”, “Construcciones y Contratas Contrubarri, Sociedad Limitada”, Instituto Nacional de la Seguridad Social, “Mutualia”, “Termiser Servicios Integrales, Sociedad Limitada”, Tesorería General de la Seguridad Social y “Torre Iberdrola, Agrupación de Interés Económico”, sobre Seguridad Social, se ha dictado la siguientes:

CÉDULA DE CITACIÓN

Autoridad que ordena citar: secretaria judicial del Juzgado de lo social número 10 de Bilbao.

Asunto en que se acuerda: el anteriormente referenciado.

Fecha de la resolución que lo acuerda: 23 de mayo de 2014.

Persona a la que se cita: “Construcciones y Contratas Construbarri, Sociedad Limitada”, en concepto de parte demandada.

Objeto de la citación: asistir en el concepto indicado a la celebración del juicio.

Lugar en que debe comparecer: en la oficina judicial de este Juzgado, sito en la dirección indicada, Sala de vistas número 8, calle Barroeta Aldamar, número 10, primera planta.

Día y hora en la que debe comparecer: el 29 de enero de 2015, a las diez y diez horas.

Previamente a la celebración del juicio, deberá acreditar su identidad, compareciendo ante la secretaría judicial en la oficina judicial ubicada en la séptima planta del Palacio de Justicia, con al menos diez minutos de antelación a la celebración del juicio. De igual modo, deberán identificarse, en su caso, sus representantes procesales.

Prevenciones legales

1. Su incomparecencia injustificada no impedirá la celebración de los actos de conciliación y juicio, continuando este sin necesidad de declarar su rebeldía (artículo 83.3 de la Ley de la Jurisdicción Social).

2. Debe concurrir al juicio con todos los medios de prueba de que intente valerse (artículo 82.3 de la Ley de la Jurisdicción Social), que tratándose de documental deberá estar adecuadamente presentada, ordenada y numerada (artículo 94 de la Ley de la Jurisdicción Social).

No obstante, previamente debe trasladar a la otra parte o aportar anticipadamente, en soporte preferiblemente informático, con cinco días de antelación al acto de juicio, la prueba documental o pericial de que pretenda valerse, que por su volumen o complejidad, sea conveniente posibilitar su examen previo al momento de la práctica de la prueba (artículo 82.4 de la Ley de la Jurisdicción Social).

3. Debe presentar los documentos que estén en su poder y hayan sido propuestos por la parte demandante y admitidos por el Juzgado; si no los presentare sin causa justificada podrán estimarse probadas las alegaciones hechas por la parte contraria en relación con la prueba acordada (artículo 94.2 de la Ley de la Jurisdicción Social).

4. Se le hace saber que la parte demandante comparecerá en el juicio asistida de letrado. Si también se propone comparecer con alguno de dichos profesionales debe participarlo al Juzgado por escrito dentro de los dos días siguientes al de la citación. De no hacerlo, se presume que renuncia al derecho de valerse en el acto del juicio de dichos profesionales (artículo 21.2 de la Ley de la Jurisdicción Social).

5. En el primer escrito que presente o comparecencia que realice ante este Juzgado deberá señalar un domicilio y datos completos para la práctica de actos de comunicación (artículo 53.2 de la Ley de la Jurisdicción Social).

El domicilio y los datos de localización que facilite para la práctica de los actos de comunicación surtirán plenos efectos y las notificaciones en ellos intentadas sin efecto serán válidas hasta tanto no facilite otros datos alternativos, siendo su deber mantenerlos actualizados. Asimismo, debe comunicar a esta oficina judicial los cambios relativos a su número de teléfono, fax, dirección electrónica o similares siempre que estos se utilicen como instrumentos de comunicación con el tribunal (artículo 53.2, párrafo segundo, de la Ley de la Jurisdicción Social).

6. La representación de persona física o entidades sociales deberá acreditarse por medio de poder notarial o conferirse por comparecencia ante la secretaria judicial.

7. Debe comparecer con documento nacional de identidad, pasaporte o tarjeta de residencia.

En Bilbao (Bizkaia), a 23 de mayo de 2014.—La secretaria judicial (firmado).

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo cuando se trate de auto, sentencia o decreto, que ponga fin al proceso o resuelva incidentes, o emplazamiento.

Y para que sirva de citación a “Construcciones y Contratas Contrubarri, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Bilbao (Bizkaia), a 12 de junio de 2014.—La secretaria judicial (firmado).

(03/20.183/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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