Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 159

Fecha del Boletín 
07-07-2014

Sección 4.50.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140707-56

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE GALICIA

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Recurso 393 de 2014

SALA DE LO SOCIAL

EDICTO

Doña María Socorro Bazarra Varela, secretaria judicial de la Sección Primera de la Sala Segunda de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia.

Hago saber: Que en el procedimiento de recurso de suplicación número 393 de 2014 de esta Sección, seguido a instancias de doña Jazmín Rodríguez Conde, contra “Telefónica de España, Sociedad Anónima Unipersonal”, y otros, sobre despido disciplinario, se ha dictado la siguiente resolución:

Diligencia de ordenación de la secretaria judicial, doña María Socorro Bazarra Varela.—En A Coruña, a 3 de junio de 2014.

Los anteriores escritos suscritos por la letrada doña María Marcela Pérez Crespo, en representación de “Telefónica Móviles España, Sociedad Anónima Unipersonal”, y “Telefónica de España, Sociedad Anónima Unipersonal”, únanse al recurso de su razón junto con sus copias. Se tiene por interpuesto el recurso de casación para unificación de doctrina y fórmese pieza separada que se encabezará con testimonio de la sentencia dictada por esta Sala. Emplácese a las demás partes para que se personen por escrito de letrado, ante la Sala de lo social del Tribunal Supremo, dentro del plazo de diez días, aportando copias de dicho escrito y designando un domicilio para notificaciones en la sede de dicha Sala, debiendo acreditarse la representación de la parte de no constar previamente en las actuaciones.

Se tienen por hechas las manifestaciones recogidas en los otrosí digo de los escritos presentados.

Verificado, remítanse las actuaciones a dicho tribunal.

La parte recurrente se entiende personada de derecho con la remisión de las actuaciones.

Comuníquese al Juzgado de lo social número 1 de Vigo que la resolución de esta Sala ha sido recurrida en casación para unificación de doctrina.

Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que contra la presente resolución no cabe recurso alguno.

Lo acuerdo y firmo.—Doy fe.

Y para que surtan sus efectos legales y sirva de notificación y emplazamiento a la empresa “Mobile Message Systems, Sociedad Anónima”, con último domicilio conocido fue en la calle Princesa, número 3 duplicado, de Madrid, se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia o cuando se trate de emplazamiento, expido y firmo la presente en A Coruña, a 3 de mayo de 2014.—La secretaria (firmado).

(03/19.176/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.50.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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