Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 155

Fecha del Boletín 
02-07-2014

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140702-120

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 19

120
Ejecución 198 de 2011

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Nieves Prieto Berrocal, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 19 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 198 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Juan Jesús Moya Hernández, frente a “Dijusa Editorial, Sociedad Limitada”, y “Ediciones Jurídicas Dijusa, Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa, se ha dictado la siguiente resolución:

Se decreta el embargo de bienes de “Ediciones Jurídicas Dijusa, Sociedad Limitada”, con cédula de identificación fiscal número B-83818351, y “Dijusa Editorial, Sociedad Limitada”, con cédula de identificación fiscal número B-82181066, que se encuentran ambas en el domicilio sito en la avenida M-40, números 5-7, edificio “Eleusis”, en el municipio de Alcorcón, librándose para ello testimonio de la presente resolución para que por la comisión judicial se proceda al embargo de bienes en cuantía suficiente para cubrir las cantidades 44.796,97 euros de principal, más 2.688 euros de intereses y más 4.480 euros para costas, y a quienes servirá el presente de mandamiento en forma, pudiéndose solicitar, si preciso fuere, el auxilio de la fuerza pública, así como hacer uso de los medios personales y materiales necesarios para poder acceder a los lugares en que se encuentran los bienes cuya traba se pretende.

Notifíquese a las partes.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, no obstante lo cual se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículo 186.1 de la Ley de la Jurisdicción Social).

Se advierte a las destinatarias de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Ediciones Jurídicas Dijusa, Sociedad Limitada”, y “Dijusa Editorial, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 27 de mayo de 2014.—La secretaria judicial (firmado).

(03/18.601/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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