Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 151

Fecha del Boletín 
27-06-2014

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140627-243

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 28

243
Procedimiento 1.024 de 2013

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Don Máximo Javier Herreros Ventosa, secretario judicial del Juzgado de lo social número 28 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 1.024 de 2013 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Hayat Pérez Escolano, frente a doña Patricia Sáez Carbonell, sobre procedimiento de impugnación de sanciones (artículos 114 y siguientes de la Ley de Procedimiento Laboral), se ha dictado la siguiente resolución:

Sentencia número 126 de 2014

En Madrid, a 8 de abril de 2014.—Doña Soledad Fernández del Mazo, magistrada-juez sustituta en funciones del Juzgado de lo social número 28 de Madrid, ha visto los presentes autos de juicio verbal número 1.024 de 2013, sobre sanción, instados por doña Hayat Pérez Escolano, asistida por el letrado don José Manuel Mora Miranda, contra doña Patricia Sáez Carbonell, que no comparece, y en nombre del Rey ha dictado la siguiente sentencia.

Vistos los anteriores preceptos legales y demás de general y pertinente aplicación,

Fallo

Que estimando la demanda deducida por doña Hayat Pérez Escolano, contra doña Patricia Sáez Carbonell, debo declarar y declaro injustificada la sanción de suspensión de empleo y sueldo impuesta a la demandante, condenando a la demandada a devolver los salarios descontados en caso de haberse cumplido la sanción.

Notifíquese esta sentencia a las partes, advirtiendo que la misma es firme, no pudiendo interponer recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia.

Así por esta mi sentencia, de la que se expedirá testimonio para su unión a los autos, definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

Diligencia.—Seguidamente se procede a cumplimentar la notificación de la anterior resolución.—Doy fe.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a doña Patricia Sáez Carbonell, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 26 de mayo de 2014.—La secretaria judicial (firmado).

(03/18.148/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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