Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 129

Fecha del Boletín 
02-06-2014

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140602-106

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 42

106
Procedimiento ordinario 2.690 de 2010-MJ

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento número 2.690 de 2010 se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente:

Sentencia

En Madrid, a 30 de diciembre de 2013.—El ilustrísimo señor don Eduardo Delgado Hernández, magistrado-juez del Juzgado de primera instancia número 42 de los de Madrid, habiendo visto y oído los presentes autos de juicio ordinario seguidos en este Juzgado bajo el número 2.690 de 2010-MJ, a instancias del procurador don Jesús Iglesias Pérez, en nombre y representación de don Pablo Gómez-Acebo Calonje y de “Mapfre Familiar Compañía de Seguros y Reaseguros, Sociedad Anónima”, que actuaron bajo la dirección del letrado don Rafael Lucea Martínez, contra don Jesús Gutiérrez Aparicio, representado por el procurador don Jesús Verdasco Triguero y asistido del letrado don Dacio Rodríguez Ruiz, y contra don Iacov Lukiancik, declarado en rebeldía, habiendo sido interviniente don José María García Teijeiro y asistido de la letrada doña Lydia Álvaro Espinar, sobre reclamación de cantidad, procede en nombre de Su Majestad el Rey a dictar la presente resolución.

Fallo

Que debo desestimar y desestimo la demanda inicial de estas actuaciones interpuesta por el procurador don Jesús Iglesias Pérez, en nombre y representación de don Pablo Gómez-Acebo Calonje y “Mapfre Familiar Compañía de Seguros y Reaseguros, Sociedad Anónima”, contra don Jesús Gutiérrez Aparicio y don Iacov Lukiancik absolviendo a dichos demandados de las pretensiones contra ellos deducidas en la demanda, absolviendo igualmente a don José María García Nates, y debo condenar y condeno a los actores al pago de las costas causadas en el presente procedimiento salvo las correspondientes a don José María García Nates que se imponen a don Jesús Gutiérrez Aparicio.

Contra la presente resolución cabe interponer recurso de apelación en el plazo de veinte días en este Juzgado y para ante la Audiencia Provincial de Madrid y conforme a la disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre; para la interposición de dicho recurso se deberá depositar en la cuenta de este Juzgado la cantidad de 50 euros.

Así por esta mi sentencia, de la que se llevará certificación a los autos de que dimana, lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación

Leída y publicada fue la anterior sentencia, por el ilustrísimo señor magistrado-juez que la suscribe, estando celebrando audiencia pública en el mismo día de su pronunciamiento, de lo que yo, el secretario, doy fe.

Y como consecuencia del ignorado paradero de don Iacov Lukiancik, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.

Madrid, a 22 de abril de 2014.—El secretario judicial (firmado).

(02/3.402/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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