Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 119

Fecha del Boletín 
21-05-2014

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140521-75

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 44

75
Procedimiento ordinario 793 de 2012

EDICTO

En el presente procedimiento ordinario número 793 de 2012, seguido a instancias de “Banque PSA Finance”, frente a don José Luis Dranuta Salgado y doña Luisa Mercedes Charraceta Saavedra, se ha dictado sentencia, cuyo tenor literal es el siguiente:

Fallo

Que debo estimar y estimo íntegramente la demanda formulada por el procurador don Evencio Conde de Gregorio, en nombre y representación de la entidad “Banque PSA Finance”, contra don José Luis Dranuta Salgado y doña Luisa Mercedes Charraceta Saavedra, en consecuencia, debo condenar y condeno a los demandados a abonar a la parte actora la cantidad de 9.406,95 euros, más los intereses legales correspondientes desde la fecha de interposición de la demanda y al abono de las costas causadas en esta instancia.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de apelación en el plazo de los veinte días siguientes a su notificación.

Así por esta mi sentencia, de la que se unirá certificación a los autos correspondientes, lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación

Dada, leída y publicada que fue la anterior sentencia por la magistrada-juez que la suscribe en el día de su fecha estando celebrando audiencia pública.—Doy fe.

Y encontrándose dichos demandados don José Luis Dranuta Salgado y doña Luisa Mercedes Charraceta Saavedra en paradero desconocido se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma a los mismos.

Madrid, a 19 de noviembre de 2013.—El secretario (firmado).

(02/2.716/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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