Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 115

Fecha del Boletín 
16-05-2014

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140516-251

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 31

251
Ejecución 66 de 2014

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Amalia del Castillo de Comas, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 31 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 66 de 2014, de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Marina Padillas Terrazas, frente a “Seguridad Protectora Urbana, Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa se ha dictado la siguiente resolución :

Diligencia de ordenación de la secretaria judicial, doña Amalia del Castillo de Comas.—En Madrid,a veinte de marzo de 2014.

El anterior escrito únase a los autos de su razón y dese traslado de copia a las otras partes afectadas. Se tiene por solicitada la ejecución de la obligación de readmitir impuesta, en sentencia de fecha 17 de febrero de 2014, a la empresa “Seguridad Protectora Urbana, Sociedad Limitada”, en favor de la demandante, doña Marina Padillas Terrazas y, previo a su resolución, se acuerda oír a las partes en comparecencia, que se celebrará en este Juzgado de lo social, sito en calle Princesa, número 3, 28008 Madrid, el día 21 de mayo de 2014, a las diez horas, que solo versará sobre la falta de readmisión en debida forma que se ha alegado, a la que deberán acudir con todos los medios de prueba de que intenten valerse en orden a esa cuestión. Cíteselas en legal forma a tal fin, quedando advertidas de que si no acudiese la parte demandante (por sí o debidamente representada), se la tendrá por desistida de su petición, en tanto que si el ausente fuese el empresario (por sí o legalmente representado), el acto se celebrará sin su presencia.

Modo de impugnación: Mediante recurso de reposición ante este Juzgado, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículo 186.1 de la Ley de la Jurisdicción Social).

Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.—La secretaria judicial.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación y atacion en legal forma a “Seguridad Protectora Urbana, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y tablón de anuncios del Juzgado.

En Madrid, a 12 de mayo de 2014.—La secretaria judicial (firmado).

(03/15.359/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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