Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 109

Fecha del Boletín 
09-05-2014

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140509-202

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 34

202
Ejecución 224 de 2012

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Don Fernando Benítez Benítez, secretario judicial del Juzgado de lo social número 34 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 224 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Miguel Ángel García García, frente a “Alium Seguridad, Sociedad Anónima”, sobre ejecución forzosa, se ha dictado diligencia de ordenación, que es del tenor literal siguiente:

Diligencia.—En Madrid, a 29 de enero de 2014.

La extiendo yo, el secretario judicial, para hacer constar que con fecha 17 de enero de 2014 se recibe mediante fax escrito del Ayuntamiento de Madrid que se une a los autos. Asimismo, y en fecha 24 de enero de 2014, se ha producido ingreso de dinero por el Ayuntamiento de Madrid en la cuenta corriente que este Juzgado tiene abierta para consignaciones con el número 2807/0000/64/0224/12 por importe de 25.451,76 euros para su aplicación a estos autos.—Doy fe.

Diligencia de ordenación del secretario judicial, don Fernando Benítez Benítez.—En Madrid, a 29 de enero de 2014.

Visto el contenido de la anterior diligencia, y una vez firme esta resolución, líbrese mandamiento de pago a favor de don Miguel Ángel García García por importe de 25.451,76 euros en concepto de pago a cuenta del principal.

Quedando pendiente del principal la cantidad de 14.272,52 euros, más otros 2.383,46 euros y 3.972,43 euros presupuestados provisionalmente para intereses y costas, respectivamente, prosígase la ejecución.

Notifíquese a las partes.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, no obstante lo cual se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículo 186.1 de la Ley de la Jurisdicción Social).

Así lo acuerdo y firmo.—Doy fe.

Diligencia.—Seguidamente se cumple lo acordado y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.—Doy fe.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Alium Seguridad, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 1 de abril de 2014.—El secretario judicial (firmado).

(03/12.128/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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