Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 109

Fecha del Boletín 
09-05-2014

Sección 3.10.20R: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140509-81

Páginas: 3


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE RIVAS-VACIAMADRID

OFERTAS DE EMPLEO

81
Bases operario de mantenimiento y servicios

El concejal-delegado de Recursos Humanos, Modernización Administrativa, Atención a la Ciudadanía, Telecomunicaciones y Soc. de la Información, por decreto número 2070/2014, ha resuelto aprobar las siguientes bases específicas:

— Plaza: operario/a de mantenimiento y servicios.

1. Características

— Número de plazas: siete plazas (códigos de la plantilla orgánica municipal 1323603, 1323604, 1323613, 1323614, 1323615, 1323616 y 1323634), dos en turno de consolidación (las plazas convocadas por este turno que resulten vacantes se acumularán a las de turno libre) y cinco en turno libre.

— Clasificación administrativa: funcionarios/as de carrera.

— Escala de Administración Especial, subescala Servicios Especiales, clase Personal de Oficios, grupo E.

— Puesto de trabajo correspondiente en la RPT vigente.

2. Normas rectoras

2.1. Estatuto Básico del Empleado Público.

2.2. Reglamento General de ingreso, Real Decreto 364/1995.

2.3. Las dos plazas en turno de consolidación se regirán por bases generales de consolidación de empleo (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 94, de 21 de abril de 2010).

2.4. Las cinco plazas en turno libre se regirán por bases generales de turno libre (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 94, de 21 de abril de 2010, y BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 105, de 4 de mayo de 2010).

2.5. Las presentes bases específicas.

3. Requisitos específicos

Además de los requisitos de carácter general señalados en las bases generales de cada turno será necesario el siguiente requisito específico:

— Estar en posesión del permiso de conducir clase B.

4. Forma y plazo de presentación de instancias

La forma y plazo de presentación de instancias viene regulado en el apartado 3.1 de las bases generales de cada turno.

En el momento y plazo de presentación de la documentación acreditativa de los méritos alegados para la fase de concurso de acuerdo con lo establecido en el apartado 3.2 de las bases generales de cada turno, los opositores que hayan superado el proceso de selección deberán poner de manifiesto, junta al formulario impreso normalizado de descripción de los méritos, el turno al que optan. De no especificarse, se entenderá que se opta al turno libre.

En el caso de presentarse menos opositores que plazas reservadas en turno de consolidación, el tribunal acumulará las vacantes al turno libre.

5. Procedimiento de selección

La selección se hará de acuerdo con lo previsto en las bases de cada turno.

El procedimiento será por concurso-oposición, con arreglo a las siguientes especificaciones:

5.1. Fase de oposición (común para los dos turnos): constará de dos ejercicios, obligatorios y eliminatorios, que serán puntuados de 0 a 10 puntos, siendo necesario alcanzar un mínimo de 5 puntos en cada uno de los ejercicios para pasar a la siguiente fase de la convocatoria:

5.1.1. Primer ejercicio. De carácter teórico, consistirá en contestar un cuestionario de 40 preguntas tipo test, de tres respuestas alternativas, relativo al temario completo. La prueba será calificada de 0 a 10 puntos, a razón de 0,25 puntos por cada respuesta correcta. Se restarán 0,05 por cada respuesta errónea, no puntuando ni positiva ni negativamente la respuesta en blanco. El ejercicio será calificado de 0 a 10 puntos, siendo eliminados quienes no alcancen una puntuación mínima de 5 puntos.

5.1.2. Segundo ejercicio. Consistirá en el desarrollo de una o varias pruebas prácticas en el tiempo que al efecto determine el tribunal. El contenido de las mismas estará directamente relacionado con el temario específico señalado en el anexo, aunque no se atenga a un epígrafe concreto del mismo. El ejercicio será calificado de 0 a 10 puntos, siendo eliminados quienes no alcancen una puntuación mínima de 5 puntos.

5.1.3. Puntuación total de la fase de oposición: la puntuación final de cada uno de los ejercicios, a efectos de puntuación de la fase de oposición, se determinará por el siguiente criterio de ponderación:

5.1.3.1. El ejercicio teórico al no diferenciar entre materias generales y específicas, sino al ser con temario único, la puntuación inicial asignada por el tribunal se multiplicará por 0,75.

5.1.3.2. El ejercicio práctico, a la puntuación inicial asignada por el tribunal se multiplicará por 1.

La puntuación final de la fase de oposición vendrá determinada por la suma de las puntuaciones ponderadas de cada uno de los ejercicios.

5.2. Fase de concurso: la valoración de la fase de concurso se regulará de forma diferente para cada turno por el baremo señalado en las bases generales de cada turno:

— Las dos plazas en turno de consolidación se regirán por bases generales de consolidación de empleo (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 94, de 21 de abril de 2010).

— Las cinco plazas en turno de libre se regirán por bases generales de turno libre (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 94, de 21 de abril de 2010).

Los méritos alegados por los concursantes serán acreditados documentalmente, mediante las pertinentes certificaciones u otros justificantes. Podrán recabarse formalmente de los interesados las aclaraciones y, en su caso, la documentación adicional que se estime necesaria para la comprobación de los méritos alegados. Los méritos se valorarán con referencia a la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias. La experiencia profesional se acreditará mediante contratos de trabajo o certificados de Administraciones Públicas, acompañados de la vida laboral actualizada a la fecha de presentación de instancias.

5.3. Méritos específicos común para ambas convocatorias (máximo, 1 punto).

Por acreditar haber cursado formación específica en las siguientes materias:

5.3.1. Replanteo de obra. Nivel 1 (curso mínimo, 35 horas). Puntuación: 0,50 puntos.

5.3.2. Manejo y conducción de carretillas elevadoras (curso mínimo, 20 horas). Puntuación: 0,25 puntos.

5.3.3. Operador/a de grúa hidráulica articulada (curso mínimo, 12 horas). Puntuación: 0,25 puntos.

5.4. Puntuación final: la calificación final de los/as aspirantes vendrá determinada por la suma de la fase de oposición ponderada y la fase de concurso.

ANEXO

TEMARIO

1. La Constitución española de 1978: derechos y deberes fundamentales de los españoles.

2. Derechos y deberes de los empleados públicos. Órganos de representación.

3. El Ayuntamiento de Rivas-Vaciamadrid. Organización y funcionamiento. Órganos de Gobierno.

4. Callejero de Rivas-Vaciamadrid. Edificios públicos.

5. Parques y elementos ornamentales de Rivas-Vaciamadrid. Ubicación.

6. Montaje y desmontaje, transporte y mantenimiento de escenarios y tarimas.

7. Herramientas, materiales y conocimientos básicos en trabajos de carpintería.

8. Herramientas, materiales y conocimientos básicos en trabajos de cerrajería.

9. Herramientas, materiales y conocimientos básicos en trabajos de albañilería y pavimentación. Elementos de fundición, registro y tipos.

10. Herramientas, materiales y conocimientos básicos en trabajos de fontanería.

11. Herramientas, materiales y conocimientos básicos en trabajos de electricidad.

12. Seguridad e higiene en el trabajo. Equipos de protección individual y colectiva. Seguridad en trabajos en vía pública.

Rivas-Vaciamadrid, 2014.—El concejal-delegado (PD 2297/2011, de 13 de junio), Marcos Sanz Salas.

(02/2.770/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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