Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 109

Fecha del Boletín 
09-05-2014

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140509-95

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE VILLAVICIOSA DE ODÓN

CONTRATACIÓN

95
Concesión huertos vecinales

Habiendo intentado notificar a don Mariano Marcos Chicharro Vicente el acuerdo que se transcribe a continuación, sin que haya sido posible practicar la notificación en el domicilio que consta en el expediente, por causas no imputables a la Administración, de conformidad con lo señalado en el artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se procede a la notificación por medio de anuncios en el tablón de edictos de este Ayuntamiento y en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Acto que se notifica: acuerdo de la Junta de Gobierno Local de 19 de marzo de 2014, cuyo texto es el siguiente:

«Primero.—Ampliar en 20 huertos adicionales números 42 a 61, ambos inclusive, el contrato para la concesión de huertos vecinales sitos en el “Forestal”, de titularidad municipal, según plano aportado por la Concejalía de Medio Ambiente y que queda incorporado al expediente administrativo.

Segundo.—Requerir a los 20 posibles adjudicatarios según el orden de lista de reservistas existente publicado en el “perfil del contratante” el día 12 de abril de 2013, y que a continuación se señalan, para la presentación dentro del plazo de diez días hábiles a contar desde el siguiente a aquel en que se reciba este requerimiento de la documentación que, inmediatamente después de dicho listado, se relaciona:

— Sorteo número de reserva: 23.

— Número de orden: 73.

— Nombre y apellidos: don Mariano Marcos Chicharro Vicente.

Documentación a presentar:

— Certificación positiva expedida por la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, en la que se contenga genéricamente el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 13 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.

Del mismo modo, no deberá tener deudas de naturaleza tributaria en período ejecutivo de pago con este Ayuntamiento, procediendo a su comprobación de oficio mediante los datos obrantes en la Tesorería.

— Certificación positiva expedida por la Tesorería de la Seguridad Social, en la que se contenga genéricamente el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 14 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.

— Original o copia compulsada de la póliza de seguro de responsabilidad civil por importe mínimo de 150.000 euros por siniestro, y del recibo de encontrarse al corriente en el pago de la misma.

Tercero.—Solicitar informe a la Tesorería municipal sobre el cumplimiento de las obligaciones tributarias ante este Ayuntamiento de los 20 posibles adjudicatarios.

Cuarto.—De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado se entenderá que el interesado ha retirado su solicitud, procediéndose, en ese caso, a recabar la misma documentación al siguiente solicitante por el orden señalado en la lista de reserva.

Quinto.—Se deberá adjudicar el contrato dentro de los cinco días hábiles siguientes a la recepción de la citada documentación.

Sexto.—Publicar el presente acuerdo en el “perfil del contratante”.

Séptimo.—Dar cuenta a Intervención y Tesorería Municipales».

Recursos: contra este acto no cabe recurso, al tratarse de un acto de trámite. No obstante, podrá ejercitar cualquier recurso que estime pertinente.

Transcurrido el plazo de diez días, a partir del siguiente a la publicación de la presente, sin que se haya recibido la documentación requerida se entenderá que el interesado ha retirado su solicitud.

Villaviciosa de Odón, a 21 de abril de 2014.—El alcalde-presidente, José Jover Sanz.

(02/2.934/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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