Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 101

Fecha del Boletín 
30-04-2014

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140430-94

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE COLMENAR DEL ARROYO

RÉGIMEN ECONÓMICO

94
Ordenanza instalaciones deportivas

Se hace público a efectos del artículo 17.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 4 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, el acuerdo definitivo de aprobación de las ordenanzas del Ayuntamiento de Colmenar del Arroyo, que fue adoptado provisionalmente por el Pleno de la Corporación Municipal, en sesión celebrada el día 12 de febrero de 2014. Publicado anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 53, de 4 de marzo de 2014, transcurrido el plazo de treinta días hábiles de exposición pública sin que se hayan presentado reclamaciones, y en virtud del artículo 17.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se entiende definitivamente adoptado el acuerdo. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 19.1 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, contra el presente acuerdo solo se podrá interponer recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos que establece la Ley 29/1998, reguladora de dicha Jurisdicción. Se publica a continuación el texto íntegro de los artículos modificados.

1. Ordenanza instalaciones deportivas

Cuota tributaria

Se modifica el cuadro de tarifas del punto 2 del artículo 6 por el siguiente:

Artículo 6.2:



Colmenar del Arroyo, a 10 de abril de 2014.—La alcaldesa, Ana Belén Barbero Martín.

(03/12.564/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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