Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 85

Fecha del Boletín 
10-04-2014

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140410-111

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE GETAFE NÚMERO 7

111
Procedimiento 119 de 2012

EDICTO

Doña María del Carmen Vilumbrales González, secretaria del Juzgado de primera instancia número 7 de Getafe.

Hace saber: Que en virtud de lo acordado en los autos de divorcio contencioso número 119 de 2012, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, por el presente se notifica al demandado don Jakub Zygmunt Szczepanski la sentencia cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:

Sentencia número 76 de 2012

En Getafe, a 27 de junio de 2012.—Vistos por doña María Ángeles Velázquez Martín, magistrado-juez del Juzgado de primera instancia e instrucción número 7 de Getafe, los presentes autos seguidos en este Juzgado con el número 119 de 2012, a instancias de doña Patricia María Szczepanzka, representada por el procurador don Félix González Pomares, contra don Jakub Zygmunt Szczepanski, declarado en rebeldía.

Fallo

Que estimando como estimo íntegramente la demanda de divorcio interpuesta por doña Patricia María Szczepanzka, representada por el procurador don Félix González Pomares, contra don Jakub Zygmunt Szczepanski, declaro haber lugar a la disolución del matrimonio por divorcio de los citados cónyuges con los efectos legales inherentes, con las medidas establecidas en el cuerpo de esta resolución, sin hacer expresa imposición de las costas causadas.

Notifíquese la presente resolución a las partes, al demandado rebelde en el domicilio que figura en autos o, en su caso, a través de edictos, haciéndoseles saber que contra la misma cabe interponer recurso de apelación ante la Audiencia Provincial en el plazo de veinte días desde su recepción, que deberá ser presentado ante este Juzgado.

Firme esta resolución comuníquese al encargado del Registro Civil donde consta inscrito el matrimonio, en el caso de que el mismo figurase inscrito en España.

Procédase al desglose de los documentos originales aportados por la actora junto con la demanda, los cuales serán entregados a su representante procesal en la sede de este Juzgado bajo su recibo.

Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que conste y sirva de notificación en forma al demandado don Jakub Zygmunt Szczepanski, en ignorado paradero, expido y firmo el presente.

En Getafe, a 7 de marzo de 2014.—La secretaria judicial (firmado).

(02/2.135/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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