Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 82

Fecha del Boletín 
07-04-2014

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140407-204

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 40

204
Ejecución 60 de 2013

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Mercedes Llopis Lucas, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 40 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento ejecutivo número 60 de 2013, autos número 172 de 2013, de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Carmen Bueno Puerto, frente a don Paul Edward Keigher y “Tek Translation International, Sociedad Anónima”, se ha dictado auto de fecha 6 de septiembre de 2013, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Parte dispositiva:

Despachar orden general de ejecución del acta de conciliación celebrada ante el Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación de fecha 22 de junio de 2012 a favor de la parte ejecutante doña Carmen Bueno Puerto, frente a los demandados don Paul Edward Keigher y “Tek Translation International, Sociedad Anónima”, parte ejecutada, por un principal de 3.542,76 euros, más 354,27 euros y 354,27 euros de intereses y costas calculados provisionalmente, sin perjuicio de su posterior liquidación.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Modo de impugnación: contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión en el plazo de tres días desde su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros; dicho depósito habrá de realizarse mediante ingreso de su importe en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado en la entidad “Banesto”, número 4684/0000/64/0060/13.

Así por este su auto lo acuerda, manda y firma la ilustrísima magistrada-juez de lo social doña Yolanda Urban Sánchez.

Diligencia.—Seguidamente se cumple lo acordado y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.—Doy fe.

Se advierte a los destinatarios de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a don Paul Edward Keigher y “Tek Translation International, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 6 de marzo de 2014.—La secretaria judicial (firmado).

(03/8.712/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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