Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 78

Fecha del Boletín 
02-04-2014

Sección 4.135.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140402-111

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO MERCANTIL DE MADRID NÚMERO 10

111
Procedimiento ordinario 122 de 2012

EDICTO

En el presente procedimiento ordinario número 122 de 2012, seguido a instancias de “Parexgroup Morteros, Sociedad Anónima”, frente a don Raúl Gutiérrez Acebrón, se ha dictado sentencia, cuyo tenor literal es el siguiente:

Fallo

Que estimando la demanda interpuesta por “Parex Morteros, Sociedad Anónima”, representada por el procurador don Juan Carlos Estévez Fernández-Novoa, contra don Raúl Gutiérrez Acebrón, administrador de “Tritón Madrid, Sociedad Limitada”, debo declarar y declaro la responsabilidad solidaria del administrador de la entidad “Tritón Madrid, Sociedad Limitada”, frente la actora y, consiguientemente, condeno a don Raúl Gutiérrez Acebrón al pago a la actora las cantidades de 29.028,37 euros, en concepto de principal, más los intereses moratorios devengados desde el impago de cada una de las facturas reclamadas y hasta su completo pago, más 4.575,99 euros en concepto de costas tasadas por decreto de 30 de septiembre de 2011 en sede de los autos de juicio ordinario número 109 de 2009, seguidos ante el Juzgado de primera instancia número 86 de Madrid, más los intereses legales incrementados en 2 puntos que se devenguen sobre la anterior cifra desde el 30 de septiembre de 2011 (fecha del decreto aprobando la tasación de costas) hasta su completo pago, más 4.344,95 euros, en concepto de costas tasadas por decreto de 30 de septiembre de 2011, en sede de los autos de ejecución número 2.222 de 2009, seguidos ante el Juzgado de primera instancia número 86 de Madrid, más los intereses legales incrementados en 2 puntos que se devenguen sobre la anterior cifra desde el 30 de septiembre de 2011 (fecha del decreto aprobando la tasación de costas) hasta su completo pago, y con expresa condena de las costas del presente procedimiento.

Notifíquese la presente resolución a las partes, y respecto al demandado rebelde estése a lo ordenado en el artículo 497.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, haciéndoles saber que la misma no es firme y que contra la misma puede interponerse recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Madrid, previo depósito de 50 euros, en el término de veinte días hábiles a contar desde el siguiente a su notificación (artículo 458 Ley de Enjuiciamiento Civil).

Así por esta mi sentencia, que será archivada en el libro de sentencias de este Juzgado, y de la que se llevará testimonio a los autos, definitivamente juzgando en esta instancia, lo pronuncio mando y firmo.

Publicación

La anterior sentencia ha sido dada, leída y publicada por la ilustrísima magistrada-juez que la suscribe, hallándose celebrando audiencia pública en el día de su fecha, ante mí el secretario.—Doy fe.

Diligencia.—Seguidamente se expide testimonio de la anterior resolución y se lleva testimonio a los autos de que dimana, de lo que doy fe. Y encontrándose dicho demandado, don Raúl Gutiérrez Acebrón, en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma al mismo.

En Madrid, a 24 de febrero de 2014.—El secretario judicial (firmado).

(02/1.914/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.135.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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