Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 78

Fecha del Boletín 
02-04-2014

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140402-147

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 24

147
Procedimiento ordinario 10 de 2013

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Marta Menárguez Salomón, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 24 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 10 de 2013 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Pablo Santiago Mejías Do Campo, frente a don Antonio Marín Morales y “Hamburguesería Héroes”, sobre procedimiento ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:

En Madrid, a 24 de febrero de 2014.—El ilustrísimo señor don Fernando Lisbona Laguna, magistrado-juez del Juzgado de lo social número 24 de Madrid, ha dictado en nombre del Rey la siguiente

Sentencia número 52 de 2014

En los autos de cantidad seguidos entre las partes: de la una, y como demandante, don Pablo Santiago Mejías Do Campo, defendido por el letrado don Óscar José Redondo Rubio, y de la otra, y como demandados, don Antonio Marín Morales, que no comparece pese a estar citado en legal forma, y Fondo de Garantía Salarial, representado por doña María Begoña Criado Escalonilla.

Fallo

Que estimando la demanda formulada por don Pablo Santiago Mejías Do Campo, contra don Antonio Marín Morales, en reclamación de cantidad, debo condenar y condeno a don Antonio Marín Morales a abonar a don Santiago Mejías Do Campo la cantidad de 2.413,68 euros.

En cuanto al Fondo de Garantía Salarial, este organismo estará a la responsabilidad legalmente establecida para él.

Notifíquese la presente resolución a las partes en la forma legalmente establecida, haciéndoles saber que la misma es firme, ya que contra ella no cabe interponer recurso.

Así por esta mi sentencia, de la que se expedirá testimonio para su unión a los autos, definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

Diligencia.—Seguidamente se procede a cumplimentar la notificación de la anterior resolución.—Doy fe.

Se advierte a los destinatarios de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a don Antonio Marín Morales y “Hamburguesería Héroes”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 24 de febrero de 2014.—La secretaria judicial (firmado).

(03/8.195/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140402-147