Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 71

Fecha del Boletín 
25-03-2014

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140325-196

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 40

196
Procedimiento ordinario 1.339 de 2012

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Mercedes Llopis Lucas, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 40 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 1.339 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Laura Colado Martínez y doña Úrsula Frutos Riquelme, frente a “Obras y Servicios Mardom, Sociedad Limitada”, “Ortiz Proyectos y Construcciones, Sociedad Limitada”, y “Río Igauzu, Sociedad Limitada”, sobre procedimiento ordinario, se ha dictado auto con la siguiente parte dispositiva:

Ha lugar a la práctica de las diligencias de prueba interesadas por la parte actora y, en su consecuencia, se acuerda:

Acceder a la testifical solicitada respecto del testigo propuesto por dicha parte, don Ignacio Guisández, para que comparezca al acto del juicio señalado para el 1 de abril de 2014, a las diez y veinte horas, advirtiéndole de que tiene el deber de comparecer y que la infracción injustificada de dicho deber será sancionada con arreglo a lo establecido en el artículo 292.1 de la Ley de Enjuiciamiento Civil. No se admite respecto de los demás testigos propuestos al no aportarse por la parte los datos necesarios para su citación.

En cuanto a la documental, requiérase a la parte demandada a fin de que con carácter anticipado al acto del juicio aporte los documentos reseñados en el anterior escrito, sirviendo la notificación de la presente resolución como requerimiento en forma, reiterándose oficio al Juzgado de lo social número 29 de Madrid, a fin de recibir copia de demanda y sentencia recaída en el procedimiento 1.412 de 2010, no admitiéndose la documental del apartado C), debiendo la parte que ya lo fue en dicho procedimiento encargarse de ello si a su derecho conviene.

Se advierte a las destinatarias de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Río Igauzu, Sociedad Limitada”, y “Obras y Servicios Mardom, Sociedad Limtiada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 10 de marzo de 2014.—La secretaria judicial (firmado).

(03/9.129/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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