Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 71

Fecha del Boletín 
25-03-2014

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140325-190

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 38

190
Procedimiento ordinario 1.016 de 2013

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Don Bartolomé Ventura Molina, secretario judicial del Juzgado de lo social número 38 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 1.016 de 2013 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Margot Cristóbal Rivera, frente al Fondo de Garantía Salarial y “Hostelería Arpa Mayorova, Sociedad Limitada”, sobre procedimiento ordinario, se ha dictado sentencia de fecha 3 de febrero de 2014, cuyo fallo es del tenor literal siguiente:

Fallo

Estimo en parte la demanda interpuesta por doña Margot Cristóbal Rivera, frente a la empresa “Hostelería Arpa Mayorova, Sociedad Limitada”, siendo parte el Fondo de Garantía Salarial, y condeno a la empresa demandada a abonar a la actora la cantidad de 1.457,13 euros, más un 10 por 100 de interés por mora. Todo ello con imposición de las costas del proceso a la entidad demandada, incluidos honorarios, hasta el límite de 600 euros, del letrado o graduado social colegiado de la parte contraria que hubieren intervenido. Debiendo el Fondo de Garantía Salarial estar y pasar por esta resolución.

Notifíquese la presente sentencia a las partes, haciéndoles saber que la misma es firme.

Así por esta mi sentencia lo pronuncia, manda y firma la ilustrísima señora doña María del Carmen Fernández Luis, magistrada-juez en funciones de refuerzo en el Juzgado de lo social número 38 de Madrid.

Publicación

Leída y publicada ha sido la anterior sentencia en el día de hoy por la ilustrísima magistrada-juez de lo social que la suscribe estando celebrando audiencia pública ordinaria.—Doy fe.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Hostelería Arpa Mayorova, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 5 de febrero de 2014.—El secretario judicial (firmado).

(03/6.738/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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